Banco Santander presentará una acción rescisoria y/o un recurso de apelación final contra la condena que le obliga a pagar a antiguos empleados de Banco do Estado de São Paulo (Banespa), que fue adquirido por el grupo en el año 2000, gratificaciones desde el año 1996.
Así consta en el último folleto continuado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el que la entidad ha informado de que el último recurso extraordinario de apelación que presentó a la condena del Tribunal Regional y el Tribunal Superior de Trabajo de Brasil fue rechazado el pasado 20 de marzo por el Supremo Tribunal Federal de Brasil.
Banco Santander aterrizó en 1982 en Brasil con la apertura de la primera oficina de representación en São Paulo. El grupo, entonces presidido por Emilio Botín, fue ampliando su presencia en banca comercial hasta comprar Banespa en noviembre del año 2000.
El procedimiento judicial nació a raíz de una reclamación de la asociación de jubilados de Banespa (Afabesp) en 1998 solicitando el pago de una gratificación semestral contemplada en los estatutos de la entidad para el caso en que esta obtuviese beneficios y su reparto fuese aprobado por su consejo de administración.
Dicho bonus no fue abonado en 1994 y 1995 por la falta de beneficios del banco y a partir de 1996 y hasta el año 2000 se abonó parcialmente, según acordó el consejo de administración de la entidad. La cláusula se eliminó en el año 2001.
El Tribunal Regional de Trabajo condenó a Banco Santander Banespa al pago de esta gratificación semestral en septiembre de 2005, una decisión que fue recurrida ante el Tribunal Superior de Trabajo, que en junio de 2008 resolvió condenando al banco a pagar la gratificación semestral desde 1994 por importe máximo equivalente al importe de la participación en los beneficios.
El banco presentó un recurso extraordinario de apelación, que ha sido recientemente rechazado por el Supremo Tribunal Federal de Brasil, por lo que el Santander ha decidido que presentará una acción rescisoria y/o un recurso de apelación final para revertir la decisión en el procedimiento principal y suspender la ejecución procesal.
Posible riesgo de pérdida
Según indica la documentación remitida a la CNMV por Santander, los asesores legales del banco han clasificado el riesgo de pérdida como "posible".
La decisión del Supremo de Brasil no define una cantidad específica a pagar por el banco, sino que esto se determinará una vez que se emita una decisión final y el proceso de ejecución haya comenzado.
Sin embargo, el diario Expansión, que informa del procedimiento, recuerda que los cálculos que baraja Afabesp rondan entre 500 y 1.100 millones de euros, frente a las estimaciones máximas de 150 millones de fuentes financieras.
En el folleto del Santander se indica que las compensaciones a empleados en Brasil no se incluyen en las cifras de riesgo operacional, al ser consideradas como parte del coste de personal de la entidad desde un punto de vista de gestión, existiendo un seguimiento continuo de los niveles de gasto y de las medidas diseñadas para la disminución de los mismos en los órganos de gobierno del grupo.
Durante el ejercicio 2018, las pérdidas de riesgo operacional más relevantes de la entidad por tipología y geografía correspondieron a las causas judiciales en Brasil.