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La última 'gran' medida de Sánchez: baja el IVA del pan integral

El nuevo decretazo de Sánchez da una nueva definición de pan común, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo.

El nuevo decretazo de Sánchez da una nueva definición de pan común, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo.
Rebanadas de pan integral | Pixabay/CC/manfredrichter

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto para aplicar el IVA reducido del 4% a todo tipo de panes, como los integrales, los de cereales distintos al trigo y los elaborados con salvado.

La gran medida del Gobierno socialista "llega para tratar de mejorar la información que tiene el consumidor porque el pan es un alimento fundamental en la cesta de la compra de los españoles", ha explicado la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha señalado que esta normativa conlleva un "importante efecto" en la fiscalidad de estos productos.

Así, entre los cambios de la nueva norma, se introduce una nueva definición del pan común, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales, pero además, incluirá productos más beneficiosos para la salud, demandados por el consumidor moderno.

Agricultura ha precisado que esta nueva definición de pan común permite que a partir de ahora, se aplique un IVA reducido a más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los de cereales distintos al trigo y los elaborados con salvado.

Así, la definición de pan común rebajará del 10% al 4% el tipo de IVA reducido a más tipos de panes.

Otra de las novedades es que contempla requisitos más estrictos para considerar un pan integral, exigiéndose que el 100% de la harina empleada será integral. Para aquellos panes integrales o de otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas, se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado.

En el caso de pan de otros cereales, también se incluyen requisitos más estrictos, estableciéndose por ejemplo para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina. También se define el pan multicereal.

Además, se concreta la definición de masa madre, que se preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, y se establecen los requisitos para utilizar la denominación 'elaborado con masa madre'.

En la norma también se define la elaboración artesana del pan, en la que debe primar el factor humano frente al mecánico y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos.

Por último y fruto de las negociaciones entre las distintas administraciones, se ha incluido una medida que limita la cantidad de sal que se puede emplear para elaborar el pan común.

El consumo medio por persona y año en España en 2018 se situó en los 31,77 kilos y los hogares españoles destinaron el 5,09% de su presupuesto para alimentación y bebidas en el hogar a la compra de pan, siendo el gasto por persona anual es de 76,13 euros.

Por tipos de pan, el más consumido en España es el pan fresco o congelado (80,7%), frente al pan industrial (pan seco y de larga duración que supone el 19,3%).

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