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Los catedráticos avisan a Sánchez: su impuesto a la banca es inconstitucional

Un demoledor informe subraya las carencias legales del último gravamen estrella del "sanchismo".

Un demoledor informe subraya las carencias legales del último gravamen estrella del "sanchismo".
Europa Press

El impuesto al sector financiero anunciado por el gobierno de Pedro Sánchez va a tener consecuencias muy graves sobre el tejido productivo español. De acuerdo con informes publicados en los últimos meses, que la financiación ofrecida a familias y empresas se reducirá hasta en 50.000 millones de euros y que la solvencia de la banca se verá muy afectada.

Pues bien, el Instituto de Estudios Económicos ha presentado esta semana su propio trabajo al respecto y las consecuencias son ciertamente preocupantes. Y es que, al daño económico producido por el gravamen, el think tank le suma la inseguridad jurídica asociada a un impuesto que considera ilegal.

El documento elaborado por el IEE incorpora la firma de un destacado grupo de Catedráticos de Derecho Financiero y Tributario: Juan Martín Queralt (Universidad de Valencia), Álvaro Rodríguez Bereijo (Universidad Autónoma de Madrid), Gabriel Casado (Universidad Complutense de Madrid), Germán Orón Moratal (Universidad Jaime I de Castellón) y José Manuel Tejerizo López (UNED). Además, también lo suscribe Jorge Onrubia Fernández, Profesor Titular de Hacienda Pública y Sistema Fiscal de la Universidad Complutense de Madrid.

Desde el IEE advierten, para empezar, que existe un fraude de Ley en la tramitación de la norma como Proposición de Ley, ya que este procedimiento a eludido la necesidad de someter el gravamen a consulta pública, cosa que no ha sucedido. De esta forma, el gobierno de Pedro Sánchez también se habría saltado la obligación de elaborar una Memoria de Impacto o de recabar un Dictamen del Consejo de Estado. Tampoco se han pedido informes al Banco de España o la CNMC, dos entidades a las que, sin embargo, se les asignan unas funciones que no les son propias, como por ejemplo supervisar si los costes asociados al impuesto se trasladan a los clientes.

El gobierno también estaría vulnerando el principio general de seguridad jurídica (artículo 9,3 de la Constitución Española), debido a la retroactividad del tributo, que toma en consideración el desempeño de las empresas afectadas en 2019-2022, pese a que esta nueva obligación fiscal apenas ha sido introducida en verano del presente ejercicio. Otros principios tributarios codificados en la ley de leyes también son vulnerados con este impuesto, caso de la aspiración a la generalidad, la igualdad y la capacidad económica que recoge el artículo 31.1 de nuestra Constitución.

Al no justificar el motivo por el cual se fija un umbral de tributación de 800 millones de euros para estar sujeto o no al gravamen, y al no considerar este impuesto como un gasto fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades, la propuesta del Ejecutivo también estaría desbordando aspectos centrales de nuestra Constitución. Lo primero choca, además, con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuyo artículo 107 censura como "ayuda de Estado" cualquier decisión que favorezca a unos agentes del mercado en detrimento de otros que sean sus competidores.

Por si no fuese suficiente, el IEE encuentra graves fallas en el régimen sancionador, al no respetar garantías mínimas exigibles en el ordenamiento jurídico español. Por ejemplo, al prohibir que se "repercuta" el gravamen, se limita la libertad de empresa, violando el artículo 38 de la Constitución. Además, se vulneran también los criterios de la Autoridad Europea Bancaria, que entiende que cualquier coste soportado por las entidades debe incluirse en la fijación de los precios ofrecidos a los clientes. Y, al no concebirse ningún elemento modulador en el régimen de sanción aplicable a quienes incumplan las obligaciones fiscales asociadas al impuesto, el "sanchismo" estaría saltándose también el principio de proporcionalidad.

El Instituto de Estudios Económicos también subraya que "el contenido de la Proposición de Ley es también reprobable en cuanto contiene una definición confusa y contradictoria de un elemento básico, como es el de "beneficios extraordinarios", sobre el que gira el concepto mismo de este gravamen, lo que además provoca la existencia de una doble imposición con el Impuesto sobre Sociedades". En resumen, "se violan elementos esenciales de la Constitución Española.

Por otra parte, el documento publicado por el IEE entiende que, con el impuesto a la banca del gobierno de coalición entre PSOE y Podemos, se vulneran elementos esenciales del Derecho Comunitario, por ejemplo al generar una desventaja competitiva para las entidades de crédito españolas en relación con las europeas".

Ante estas circunstancias, los expertos que han elaborado el informe consideran que, tal y como está redactada, la Proposición de Ley "dará lugar a una serie de recursos contra su aplicación que, probablemente terminará con su declaración de inconstitucionalidad por atentar contra los principios constitucionales de seguridad jurídica del artículo 9.3 de la Constitución por su retroactividad y los principios tributarios de generalidad, igualdad y capacidad económica del artículo 31.1 de la Constitución".

Una dura advertencia de los catedráticos reunidos en el proyecto IEE, que no solo cuestionan aspectos centrales del texto que desarolla el tributo a la banca sino que, de hecho, ven inevitable la eventual intervención de la justicia ante un impuesto que consideran abiertamente incompatible con la legalidad vigente.

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