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Así funcionará el seguro de impagos del Gobierno que seguirá condenando a la ruina a las víctimas de la okupación

La línea de avales solo la podrán cobrar quienes ofrezcan un "alquiler asequible" y una vez que hayan echado a sus inquiokupas.

La línea de avales solo la podrán cobrar quienes ofrezcan un "alquiler asequible" y una vez que hayan echado a sus inquiokupas.
Pedro Sánchez, anunciando el nuevo decreto ómnibus | Europa Press

La línea de avales anunciada a bombo y platillo por el Gobierno para tratar de aplacar las críticas por la nueva prórroga de la suspensión de los desahucios esconde dos sorpresas: tan solo podrán beneficiarse de este seguro de impagos los propietarios que tengan alquilada su casa a los precios marcados por el Gobierno y solo lo podrán cobrar una vez que hayan logrado a echar a sus inquiokupas.

Así se desprende del texto publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, que recoge todos los requisitos de una medida con la que Pedro Sánchez busca convencer a Junts y PNV, los socios de investidura más críticos con la impunidad okupa que reina desde que el PSOE llegó a la Moncloa.

Lo que dice el nuevo decreto

"El aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan", reza el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros.

De esta forma se pretende contentar a los independentistas catalanes, que ya habían presumido este martes de haber logrado arrancar al Ejecutivo el compromiso de asumir, además de las rentas, el coste de los suministros y los desperfectos que los inquiokupas se pudieran encontrar al recuperar su vivienda.

Requisitos envenenados

Sin embargo, a continuación, la literalidad del texto echa un jarro de agua fría a la causa. Para empezar, se establece que "para la obtención del aval el inquilino deberá cumplir, como mínimo, uno de los dos requisitos siguientes, tanto en el momento de suscripción del contrato de arrendamiento como del documento de compromiso del aval: a) Ser menor de treinta y cinco años. b) Tratarse de personas vulnerables de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente". Hasta aquí, no habría problema, puesto que es precisamente por dicha vulnerabilidad por la que miles de propietarios no pueden recuperar sus casas.

El problema llega a continuación: "Asimismo, el otorgamiento del aval requerirá: a) Que la renta del alquiler no supere el índice estatal de referencia al alquiler. b) Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones. c) Suscribir por arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración". De esta forma, solo podrán beneficiarse del seguro de impagos aquellos propietarios que fijen una renta dentro de los límites marcados por el Gobierno.

La última sorpresa, y que choca de lleno con las reiteradas peticiones de las víctimas de la okupación, es que dicho seguro solo podrá cobrarse una vez que se haya logrado echar al inquiokupa, algo que, gracias a este decreto, vuelve a quedar en el aire. "La solicitud para el cobro de las cantidades debidas y avaladas se podrá realizar en el plazo de 6 meses desde que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, ya sea, mediante resolución judicial de lanzamiento, ya sea mediante acuerdo judicial o extrajudicial que acredite dicha recuperación de la posesión", explicita el Boletín Oficial del Estado.

Compensaciones fallidas

Hasta ahora, y tal y como contempla el propio decreto, ya existía teóricamente una compensación económica para los propietarios obligados a mantener a sus inquiokupas. Sin embargo, su mal funcionamiento es precisamente lo que provoca una grandísima desconfianza entre los afectados. No en vano, tal y como este mismo martes recordaba el portavoz de la Plataforma de Afectados por la Ocupación, Ricardo Bravo, "solo la han cobrado entre un 5 y un 7%" de las víctimas.

La razón es que, al igual que lo que se pretende hacer con los avales, las compensaciones solo se pagan una vez que se ha producido el desahucio. Esto supone, además, que hasta ese momento el casero tiene que asumir la ruina económica a la que le condena su inquiokupa, lo que no es, ni de lejos, la solución que la PAO lleva reclamando desde que hace 5 años el Gobierno aprobó el polémico decreto antidesahucios.

Tal y como ha dispuesto el Gobierno, para la articulación de estos avales será necesario, no obstante, un reglamento que "será aprobado en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de esta norma y será de aplicación respecto a los contratos vigentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley". Además, "los avales se gestionarán por las Comunidades y Ciudades Autónomas con financiación finalista por parte del Estado".

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