Menú

Las cuentas de la sociedad de Pedro Duque son legales: no tenía que registrar el 'autoalquiler'

El ministro no tenía obligación de contabilizar en el Registro Mercantil el autoalquiler, según los fiscalistas.

El ministro no tenía obligación de contabilizar en el Registro Mercantil el autoalquiler, según los fiscalistas.
Pedro Duque, este viernes | EFE

El ministro de Ciencia, Pedro Duque, protagonizó ayer el enésimo capítulo en la crisis interna del PSOE. Tras conocerse que él y su mujer constituyeron una sociedad patrimonial cuando compraron un chalet en Jávea (Alicante), las dudas sobre la legalidad de la operación se extendieron sobre el astronauta.

Si Duque tomó está decisión con el objetivo de pagar menos impuestos, estaría actuando como cualquier contribuyente, lo que no tiene nada de reprochable. Otra cosa es ser ministro en el PSOE, y que tu presidente haya amenazado en el pasado con que "si dentro de mi partido alguien tiene una sociedad interpuesta para pagar menos impuestos, estará fuera al día siguiente". La incoherencia no puede ser más evidente.

De hecho, las palabras de Pedro Sánchez le costaron la cabeza a Maxim Huerta, pero no le va a pasar lo mismo a Duque, que no va a dimitir. Eso sí, el caso del ministro de Cultura tiene algunas diferencias importantes con el del astronauta. Huerta creó la sociedad para tributar el sueldo que ganaba como periodista y escritor por el Impuesto de Sociedades, en lugar de por IRPF, que tiene un mayor gravamen. Lo que hizo Duque fue crear una sociedad patrimonial, cuyo objetivo no es realizar una actividad económica, sino gestionar bienes inmuebles o de cartera.

Por este motivo, una oleada de expertos fiscalistas coincidieron ayer martes en que la práctica de Duque era completamente legal siempre que estuviera correctamente declarada en el Impuesto de Sociedades, algo que ahora tendrá que comprobar Hacienda. "Con los datos que tenemos, desde el punto de vista fiscal y si se ha hecho la imputación de rentas (en Sociedades), no habría problemas", explicaba el presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, en esRadio.

La polémica del 'autoalquiler'

Como Duque estuvo residiendo en la vivienda de Jávea, tendría que haber ingresado en la sociedad una cuantía a precio de mercado (no caben rebajas, aunque los inquilinos sean los socios) por el uso personal del chalet. Esta fórmula sería una especie de autoalquiler, que Pedro Duque asegura que abonó y que, después, tendría que haber tributado por Sociedades. Aquí es donde surge una de las últimas incógnitas del caso, porque la sociedad no tuvo ingreso alguno entre 2015 y 2017. ¿Se ahorró Duque tributar por el autoalquiler?

Pues los fiscalistas han vuelto a pronunciarse y, de nuevo, se posicionan a favor del ministro de Ciencia. El presidente de Gestha ha explicado a Libre Mercado que, al utilizar Duque y su mujer la vivienda para uso personal, no tenían obligación de anotarlo contablemente. Por eso, el apartado de ingresos está vacío esos tres años.

"Es un ajuste extracontable. A efectos de Hacienda, lo fundamental es que esté imputado en el Impuesto de Sociedades y eso no lo sabemos, pero es muy fácil de averiguar" para el fisco. "Otra cosa es que Duque no hubiera marcado la casilla de Operaciones entre las partes vinculadas que aparece en la memoria de las cuendas, que es verdad que no figura, pero eso no deja de ser un defecto formal", añade.

Diferentes son los años en los que Duque alquiló su vivienda a terceros cuando vivía en el extranjero. Entre 2011 y 2014, su sociedad sí obtuvo ingresos como bien queda reflejado en el Registro Mercantil. Entonces, "sí tenía obligación de hacer la anotación contable porque es una operación de arrendamiento clara en la que se está obteniendo un beneficio", ha puntualizado Carlos Cruzado.

En la misma línea fue el director del servicio de Estudios del Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF), Rubén Jiménez, en una entrevista con Luis Herrero en la noche de ayer en esRadio. "Cuando un socio disfruta de una vivienda de una sociedad, la tiene a su disposición, y el legislador fiscal establece que tiene que tributar como un alquiler a terceros, es decir, como un alquiler a precio de mercado", explica Jiménez.

"Pero ese ingreso fiscal no figura nunca en contabilidad", matiza el experto. "Ese ingreso de alquiler no tiene que figurar en las cuentas anuales del Registro Mercantil, tiene que aparecer en Sociedades. Si tuviéramos acceso a las declaraciones de Sociedades de los últimos cuatro años, que son las no prescritas, veríamos si los ingresos por el alquiler han tributado al 25%", apunta. Si no lo ha hecho, Duque "no habría cumplido con la normativa tributaria".

¿Ahorró impuestos?

Los expertos también coinciden en que, de existir un ahorro de impuestos en la operación de Pedro Duque, la cuantía habría sido mínima. En el Impuesto de Patrimonio y en el de Sucesiones, la situación es la misma. Lo que sí evitó el ministro fue tributar por los rendimientos inmobiliarios de la segunda residencia en el IRPF. También, podría haberse deducido el IVA o el IBI de los inmuebles. "Si lo hizo para ahorrarse impuestos, el resultado fue catastrófico", ha declarado Carlos Cruzado.

Ahora, le queda a Hacienda la labor de investigar si la tributación de Duque fue correcta. De momento, el ministro ya ha dicho que ha cambiado de asesores. "No sé si estos nuevos asesores encontrarán que he pagado de más o de menos, pero lo que sea lo arreglaremos", ha dicho este viernes.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios