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Garzón prohíbe ahora los contestadores de atención al cliente en las empresas

El Gobierno instaura el "derecho a ser atendido por una persona física y no por un robot a través de los contestadores automáticos".

El Gobierno instaura el "derecho a ser atendido por una persona física y no por un robot a través de los contestadores automáticos".
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, en un acto | Europa Press

Enésimo golpe de Alberto Garzón a la libertad empresarial. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de Ley de servicios de atención al cliente que pretende acabar con los contestadores automáticos que usan las compañías en su día a día para gestionar sus llamadas y abaratar costes.

Según ha señalado la portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, el objetivo de esta medida es el de garantizar "una atención eficaz, accesible e inclusiva, no discriminatoria que se pueda incluso evaluar".

"Esta ley profundiza en esa atención que ha de recibir el cliente de manera personalizada de tal forma que incluso se tiene derecho a ser atendido por una persona física y no por un robot a través de los contestadores automáticos", ha afirmado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

"Todos los que estamos en esta sala y seguramente la inmensa mayoría de los españoles nos hemos visto en un momento u otro tratando de defendernos ante alguna prestación de los servicios que contratamos a través de un contestador automáticos, ante la desesperación de no ser atendidos en tiempo razonable y ante la desesperación de no poder ser atendidos por una persona física a la que manifestar nuestro malestar", ha relatado la ministra.

A qué empresas afecta

Además, otras de las medidas principales del texto del Ministerio de Consumo pasan por el establecimiento a las empresas de un plazo de un mes para contestar a las reclamaciones realizadas por los clientes, el no reconocimiento del derecho a indemnizaciones en caso de incumplimiento de los plazos de respuesta y la eliminación de obligatoriedad de tener correos electrónicos específicos para atención al cliente.

Deberán adaptarse a esta normativa las empresas de más de 250 trabajadores, un negocio anual de más de 50 millones de euros o un balance superior a más de 43 millones de euros. "

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