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Hacienda no devolverá todas las sanciones del modelo 720 tumbado por Europa

Hacienda ha rechazado, al menos por el momento, devolver la totalidad de las regularizaciones presentadas fuera de plazo.

Hacienda ha rechazado, al menos por el momento, devolver la totalidad de las regularizaciones presentadas fuera de plazo.
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, interviene durante la sesión de control al Gobierno en el pleno del pasado martes | EFE

El modelo 720, también conocido por ser la Declaración de Bienes en el Extranjero, fue tumbado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en enero de este mismo año. Además, la resolución tumbó el modelo tanto en el fondo, como en el mecanismo y en las elevadas sanciones impuestas. No hay que olvidar que el polémico 720 obligaba a los contribuyentes españoles a informar sobre sus bienes en el extranjero, al mismo tiempo que fijaba elevadas multas, que podían llegar al 150%, por presentarlo fuera de plazo ante la Agencia Tributaria.

Ahora bien, Hacienda ha rechazado, al menos por el momento, devolver la totalidad de las regularizaciones presentadas fuera de plazo. Así las cosas, todos aquellos que en su momento tuvieran que pagar a la Agencia Tributaria por tener ganancias patrimoniales que no justificaron o por no informar de ellas en plazo, deberán demostrar ahora que eran rentas prescritas si quieren que Hacienda les devuelva ese dinero.

Esta decisión ha sido establecida así por Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) el pasado 4 de marzo. Con esta resolución, se deja claro que no todo el dinero cobrado mediante ese modelo y su régimen sancionador será devuelto.

Pese a ello, se quedan abiertas dos vías a través de las cuales se pueden hacer reclamaciones. La primera es por las sanciones recibidas al no haber declarado los bienes en el extranjero y la segunda por las regularizaciones del IRPF por no haber reclamado estos bienes. Eso sí, las reclamaciones solo se podrán realizar cuando se pueda probar que la ganancia declarada es de bienes que se adquirieron en ejercicios prescritos y solamente si no han pasado más de cuatro años.

Así las cosas, la vía abierta por Hacienda es la de la judicial, que ya ha empezado a surtir efecto. De hecho, el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Madrid ya ha obligado al Fisco a devolver 500.000 euros a un contribuyente que fue sancionado por no haber informado de tener 150.000 euros invertidos en distintos activos en países foráneos. El contribuyente fue encadenando diversas sanciones por ello y, ahora, el TEAR ha dictaminado que Hacienda le debe devolver 500.000 euros.

Con todo ello, los afectados por este modelo y que se vieran obligados a abonar algún tipo de sanción deberán, ahora, ponerse en contacto con abogados o servicios jurídicos especializados para saber si pueden reclamar y recibir ese dinero pagado de más a Hacienda.

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