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Sánchez ordena crear impuestos por todas partes: otra subida fiscal para grandes firmas de inversión

El Gobierno de Pedro Sánchez está empeñado en convertir a España en un infierno fiscal con su afán recaudatorio.

El Gobierno de Pedro Sánchez está empeñado en convertir a España en un infierno fiscal con su afán recaudatorio.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero. | EFE

Pedro Sánchez está engordando las arcas de Hacienda con la inflación. Cada punto del IPC equivale a unos 2.000 millones adicionales en cobro de impuestos sacados de los bolsillos de las familias y empresas españolas. Pero a Sánchez no le vale con eso en su afán recaudatorio. Quiere más. Por eso acaba de anunciar dos nuevos impuestos: a las energéticas y a la banca. Y, como tampoco lo ve suficiente, ha colado un nuevo aumento tributario para grandes firmas financieras de inversión a través de la nueva Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión. Definitivamente, el proyecto del PSOE cada vez se parece más a la creación de todo un infierno fiscal en España.

El texto ha sido registrado ya en el Congreso de los Diputados. Su nombre oficial es el de Proyecto de Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión. Y allí se detalla un nuevo mazazo fiscal que soportarán algunas de las entidades financieras: en concreto, grandes firmas de inversión, a las que el Gobierno de Pedro Sánchez pretende castigar elevando su Impuesto de Sociedades en cinco puntos adicionales.

El texto detalla que, "en primer lugar, cabe destacar que las entidades que cumplan" determinados requisitos del Reglamento (UE) 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, "deben obtener autorización como entidad de crédito". Esas serán las castigadas fiscalmente una vez más. Y no se trata de firmas pequeñas, ni mucho menos.

El redactado del proyecto detalla que "con carácter general son las entidades cuyo valor total de sus activos consolidados o el grupo del que formen parte sea igual o superior a 30.000 millones de euros". Es decir, grandes firmas de inversión o firmas que pertenecen a grandes grupos financieros. Y hay que recordar que esos grandes grupos financieros son el objeto, simultáneamente, de la otra y muy reciente subida de impuestos: la anunciada hace unas semanas por Sánchez para castigar a los bancos con motivo, según el presidente, de la crisis por el ataque de Rusia a Ucrania.

El proyecto subraya el hecho de que, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, las mencionadas entidades de inversión "serán entidades de crédito a todos los efectos, supervisadas por el Banco de España y se les aplicará la supervisión prudencial establecida en el Reglamento (UE) 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, así como su desarrollo reglamentario". Y, claro, como se especifica de forma expresa en el texto, este cambio de catalogación legal tiene consecuencias. En concreto, una subida de impuestos más: "Esto conllevaría que tales entidades pasasen a tributar al tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades del 30 por ciento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.6 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE de 28 de noviembre), y que le resultasen de aplicación las restantes especialidades que para este tipo de entidades contiene la regulación del Impuesto sobre Sociedades".

El proyecto añade que "en segundo lugar, habrá empresas de servicios de inversión que, sin convertirse en entidades de crédito, estarán sujetas a los requisitos prudenciales establecidos para las entidades de crédito". Es decir, que tampoco se librarán del último asalto fiscal de Pedro Sánchez. ¿Y cuáles será estas firmas de inversión? Pues serán "aquellas empresas de servicios de inversión que tengan activos consolidados cuyo valor sea superior a 15.000 millones de euros o formen parte de un grupo que lo cumpla. Serán empresas de servicios de inversión autorizadas y supervisadas por la CNMV".

Y, además, "la CNMV también podrá permitir, previo informe de Banco de España, que se aplique este marco normativo a aquellas empresas de servicios de inversión que sean filiales de grupos bancarios y cumplan una serie de requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, para así facilitar la supervisión prudencial de estas entidades vinculadas a entidades de crédito, sin que derive una reducción de los requisitos de fondos propios de la empresa de servicios de inversión".

La norma se contempla con un tercer aviso: porque "existirá otro grupo de empresas de servicios de inversión también sometido a la normativa prudencial de las entidades de crédito, cuando así lo determine la CNMV. Se trata de las empresas de servicios de inversión con un valor total de los activos consolidados igual o superior a 5.000 millones de euros y que han de cumplir las condiciones que se establezcan reglamentariamente relacionadas con el tamaño, la naturaleza, la escala y la complejidad de las actividades, así como con el riesgo sistémico de la empresa".

Las demás empresas de servicios de inversión quedarán sometidas a la regulación prudencial establecida en la presente ley y su desarrollo reglamentario, y serán también supervisadas por la CNMV. En la práctica, este último "será el caso para la mayoría de empresas de servicios de inversión del mercado español. Se dejará a su vez margen normativo para que en el desarrollo reglamentario de esta ley los requisitos prudenciales se adapten al tipo de actividades, tamaño e importancia sistémica de estas empresas de servicios de inversión".

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