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Nuevo golpe de Bruselas a las empresas: les obligará a informar sobre la "brecha salarial" de su plantilla

No se permitirá que haya una diferencia no justificada superior al 5% entre el sueldo de hombres y mujeres en una empresa.

No se permitirá que haya una diferencia no justificada superior al 5% entre el sueldo de hombres y mujeres en una empresa.
Varias mujeres realizan el símbolo feminista con las manos durante un manifestación el 28 de mayo de 2022. | Europa Press

Bruselas restringirá la confidencialidad de los datos salariales en el seno de las empresas, que se verán obligadas a reportar la remuneración promedio –desglosada por sexo– de cada puesto de trabajo.

Este se trata de uno de los punto destacados que incluirá una nueva normativa comunitaria en materia de transparencia salarial, después de que el Parlamento Europeo y el Consejo lo hayan acordado este miércoles, y que tiene el objetivo de atajar la supuesta "brecha salarial" entre mujeres y hombres.

Como ya adelantó Libre Mercado, se trata de una propuesta que la Comisión Europea lleva tiempo preparando, y que ahora se concretiza en un acuerdo entre el Parlamento y el Consejo que dará lugar a una nueva normativa europea.

"No hay duda de que hombres y mujeres merecen recibir el mismo salario si realizan el mismo trabajo pero, desafortunadamente este todavía no es el caso hoy en día", ha señalado Marian Jurecka, el presidente del Consejo, para resaltar la necesidad de aprobar esta nueva ley.

Entre las medidas que incluirán en la nueva legislación, se introduce la obligación de que las empresas y empleadores aseguren que los trabajadores tengan un acceso fácil a los criterios que se utilizan para definir el salario y los posibles aumentos. Unos criterios que deberán ser neutrales en cuanto al género.

Asimismo, las empresas con más de 100 empleados tendrán que informar, tanto a los trabajadores y sus representantes, como a las autoridades nacionales, sobre la "brecha salarial" entre hombres y mujeres dentro su organización. Si estos informes indican que hay una diferencia superior al 5% entre ambos sexos no justificada en base a criterios objetivos, la compañía tendrá que realizar una "evaluación salarial" conjunta con los trabajadores, con la que se aprueben medidas que corrijan la diferencia.

Por último, las compañías que no respeten las obligaciones vinculadas al principio de igual remuneración tendrán que indemnizar a los trabajadores que así lo denuncien, y los tribunales podrán ordenar a la empresa en cuestión que se detenga la infracción, tomando medidas para subsanarla.

Controversias

Las nuevas medidas de la UE no están libres de controversia. Y no solo por la posible vulneración de la privacidad de los empleados, sino por el amplio grado de discrecionalidad que plantean. Así, por ejemplo, puede ser harto complicado para una compañía estipular todos y cada uno de los motivos por los que remunera más a un empleado que a otro, ya sea por motivos de experiencia profesional o habilidades concretas que puedan ser objeto de análisis subjetivo.

Además, países como España ya dejan claro en su legislación que los salarios de hombres y mujeres deben ser iguales para el mismo trabajo. Por ejemplo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, garantiza el principio de igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promociones profesionales, y en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas. De igual forma, el Estatuto de los Trabajadores recoge que "el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de esta, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquélla".

Por último, las legislaciones en materia de igualdad salarial suelen partir de la premisa de que existe un supuesto y profundo problema de "brecha salarial" que aboca a las mujeres a cobrar menos por el mero hecho de no nacer hombres. Sin embargo, este fenómeno ha sido ampliamente estudiado y refutado por los economistas. En el peor de los casos, el fenómeno de la "brecha salarial" es de un grado notablemente inferior al que suelen aludir los políticos, y viene explicado por una serie de factores que poco tienen que ver con la discriminación, sino con las diferentes preferencias profesionales de hombres y mujeres, o incluso con el mal diseño de las políticas públicas de maternidad.

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