La regla 1/30, según la cual solo se puede emitir una licencia de explotación de vehículos de transporte con conductor (VTC) por cada treinta permisos de servicio de taxi, no es compatible con la legalidad europea. Esa es la opinión expresada por el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Maciej Szpunar, que se ha pronunciado sobre esta cuestión a raíz de un litigio derivado de las restricciones aplicadas por la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.
La Autoridad Metropolitana de la Ciudad Condal, dependiente de la alcaldesa comunista, invoca la regla 1/30 y, además, exige una licencia adicional a los vehículos VTC, que no solo requieren de un permiso autonómico sino también de uno municipal. Además, estos servicios proporcionados por compañías como Cabify, Uber o Bolt están también sujetos a requisitos adicionales en materia fiscal, laboral o medioambiental.
El informe que ha hecho público el Abogado General del TJUE señala que cada país de la Unión Europea es libre de establecer su propio marco regulatorio para este tipo de medios de transporte de pasajeros, pero en ningún caso violando la libertad de establecerse y operar dentro del mercado comunitario. Ese principio quedaría vulnerado con el Decreto Ábalos, que impulsó en 2018 el entonces ministro de Fomento, José Luis Ábalos. Aquella norma permitía a las comunidades autónomas la aplicación de la regla 1/30 que después sería aprovechada en Cataluña para desarrollar las restricciones que hoy enfrentan Cabify, Uber o Bolt en la capital barcelonesa.
Además de cuestionar la regla 1/30, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea advierte asimismo de la improcedencia del sistema de doble licencia vigente en la Ciudad Condal. Si bien la justicia comunitaria no cuestiona la posibilidad de requerir permisos varios para asegurar el cumplimiento de distintas cuestiones, sí considera injustificada la imposición de un segundo control que no aporta nada más que burocracia y se erige, en la práctica, como otra barrera de entrada para frenar la operativa de las compañías de VTC.
El informe es especialmente duro con el marco regulatorio español, puesto que considera incluso que es "dudoso" que los operadores del servicio de taxi "cumplan una obligación de servicio público". A este respecto, señala que tal función corre a cargo de los sistemas de transporte locales, autonómicos y nacionales, tales como el metro, los trenes o los autobuses.En cambio, considera que los servicios del taxi son complementarios a tal función y añade que no se puede proteger a dicha industria bajo tales argumentos. Y, de hecho, apunta que, si acaso el taxi completa el servicio público al ampliar la oferta de formas de transporte disponibles para los ciudadanos, entonces es más que recomendable ampliar la concesión de licencias VTC, puesto que aumentando su oferta se podría solventar mejor el supuesto problema.
El informe del Abogado General sienta las bases de la sentencia que se emitirá en los próximos meses por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ya el pasado 5 de octubre se celebró una vista en Luxemburgo a la que no acudió la representación del Ayuntamiento de Barcelona. Una vez se conozca el fallo, la jurisprudencia quedará establecida y el sector enfrentará un escenario de mucha más certidumbre jurídica. En este sentido, desde la patronal de los servicios VTC, Unauto, se muestran optimistas de cara a este pronunciamiento de la justicia, que consideran que debe favorecer su posición a favor de una mayor competencia.