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Un abogado sobre la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: "Solo afectará a las okupaciones delictivas"

La nueva reforma aprobada por el Congreso permite juicios rápidos en algunos delitos de okupación.

Las noticias de Herrero: Aprobada una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que acelerará la desokupación

El audio empezará a sonar cuando acabe el anuncio

La nueva reforma aprobada por el Congreso permite juicios rápidos en algunos delitos de okupación.
Agente policial frente a un edificio okupado. | Europa Press

El pasado jueves se aprobó en el Congreso de los Diputados una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que acelerará los procesos de desokupación propuesta por el PNV. Ha contado con el apoyo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, Bildu y ERC, aunque estos dos últimos por un "error injustificable". En cuanto a la oposición, se han encontrado el PSOE, Sumar, Podemos y BNG, mientras que Vox se ha abstenido en la votación. La proposición de ley se encuentra en el Senado, donde tiene la mayoría el PP y donde debe ser ratificada.

Esta nueva reforma permitirá desalojar una vivienda okupada en cuestión de horas. Además, los okupas serán juzgados en tan solo un plazo de 15 días y los procesos de deshaucios serán mucho más rápidos.

Según el Gobierno, en 2023 se produjo una bajada del 8,8% de la okupación con respecto al año anterior. Según el Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio de Interior, hubo más de 15.000 casos registrados. A pesar de la tendencia baja en todos los territorios, la okupación sigue siendo un fenómeno preocupante.

La nueva reforma "antiokupa"

Esta nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permitirá juicios rápidos en un plazo de 15 días desde que los acusados sean puestos en disposición judicial. Después, el juez deberá dictar sentencia en un plazo máximo de 3 días. Para ello, la enmienda aprobada modifica el artículo 795 de esta ley, que regula los procedimientos abreviados e incluye entre ellos la usurpación de vivienda (tipificado en el artículo 245 del Código Penal) y el allanamiento de morada (tipificado en el artículo 202 del Código Penal).

Ricardo Bravo, portavoz de la Plataforma Afectados por la Ocupacion (PAO), duda de que la aplicación de esta ley sea "eficiente". También ha afirmado que esta proposición no es suficiente y que no va a "tajar el problema de la okupación". Por ello, han pedido a los políticos que se reforme la Ley de la Vivienda con medidas que agilicen la justicia.

Esta reforma pretende poner fin las tácticas de algunos ocupantes ilegales como la "técnica de la pizza". Este método consiste en que los okupas piden una pizza en la dirección que pretenden invadir. En el portal de la casa detienen al repartidor y le pagan el pedido y después se marchan durante un par de días. Cuando han pasado 4 días, okupan el hogar. Si la policía acude a desalojarles, los ocupantes ilegales enseñan el recibo de la pizza para acreditar que llevan ya dos días viviendo en la domicilio y así impiden que se les pueda echar y el caso pasa a los tribunales.

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se publicaría en el BOE si se ratificase en el Senado. Por ello, Luis García, socio del bufete abogados GBLABEL, ha explicado en el programa En casa de Herrero, de esRadio, en qué consiste esta enmienda.

"Solo afectará a las "okupaciones" delictivas

Luis García ha explicado que esta reforma solo afectará a "las okupaciones que tengan un carácter delictivo". Cuando los inquilinos que ya tenían un contrato de alquiler vence y no desalojan esa vivienda, la okupación "no se considerará delictiva", tal y como ha comentado el abogado. Por ello, la proposición de ley no podría actuar en estos casos, dado que no hay un "delito de usurpación o allanamiento de morada".

Según Luis García, el derecho penal español contempla dos tipos de procesos: el procedimiento ordinario, en el que "el juez determina los hechos ocurridos y las personas implicadas", y otros casos que se resuelven bajo el artículo 795, recientemente modificado. En estos últimos, "el delito flagrante se pone inmediatamente a disposición judicial, y se dictan sentencias en un plazo muy corto".

Los delitos se reconducirán a un "procedimiento abreviado que simplifica el proceso y que acorta los plazos" de forma considerable, tal y como ha señalado el abogado en esRadio. Antes de esta reforma, se tenía que "presentar una querella" y "pedir medidas cautelares al juez", que podían ser aprobadas o no. Sin embargo, si la proposición se aprueba en el Senado, "en muy pocos días habrá sentencia y condena", según Luis García. Además, "se desalojará la vivienda de forma inmediata".

"No habrá un estudio de vulnerabilidad"

A pesar del colapso en la administración de justicia, "los juicios rápidos funcionan razonablemente bien". No se tendrá sentencia en 2 días, pero "sí se podrá tener sentencias ágiles en una semana", según el abogado. Luis García ha advertido que habrá que tener precaución con el colapso del sistema cuando se establezca este "paquete de procedimientos".

En cuanto a la vulnerabilidad de los okupas, está establecido que "el juez debe hacer un examen para saber si los ocupantes ilegales merecen una protección especial". En cuanto a esta ley, según el abogado, se entiende que "si estás cometiendo un delito flagrante no se prevé el estudio de vulnerabilidad, puesto que además "alargaría los plazos".

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