El 2025 está cada más cerca y, como con cada año, no sabemos las sorpresas e incógnitas que nos deparará, aunque una cosa sí que es segura, y es que volverá a subir la edad de jubilación para aquellos que tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados.
En concreto, a partir del 1 de enero del próximo año, la edad exigida estará en los 66 años y 8 meses para esas personas, mientras que para las personas que hayan cotizado más de 38 años y 3 meses, la edad de jubilación que se exigirá será de 65 años. Esto supone una ampliación de 3 meses de periodo cotizado con respecto al año pasado y de 2 meses de edad exigida, y forma parte de la reforma de las pensiones que llevó a cabo el Gobierno de Mariano Rajoy en el año 2013.
En la siguiente tabla podemos observar mejor las diferencias con respecto a 2023 y los cambios futuros que habrá.
Como ya es sabido y como ocurre cada año desde 2013, esta subida afecta también a otras modalidades como son la jubilación anticipada voluntaria, la jubilación anticipada involuntaria y la jubilación parcial para los trabajadores a jornada completa. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, que es aquella que permite al trabajador jubilarse hasta 24 meses antes de la edad ordinaria, se situará en el año 2025 en la edad de 64 años y 8 meses para aquellos que tengan cotizados menos de 38 años y 3 meses, mientras que para aquellos que superen los 38 años y 3 meses cotizados podrán jubilarse a los 63 años, tal y como ocurre en la actualidad.
Por otro lado, en el caso de la jubilación anticipada de carácter involuntario (es decir, aquella que no se produce por la voluntad del empleado) la edad exigible se colocará en los 62 años y 8 meses, o en los 61 años en el caso de tener cotizados un mínimo de 38 años y 3 meses. Esta modalidad permite el adelanto de la jubilación con un máximo de 48 meses con respecto a la edad exigida.
Para los trabajadores a jornada completa que quieran acceder a la jubilación parcial a partir de este año 2025, la edad de jubilación sube a los 62 años y 8 meses para quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados, mientras que para aquellos que superen ese periodo de cotización podrán jubilarse a los 61 años, como ya ocurre actualmente. Para el año 2026 la edad de jubilación exigida será de 62 años y 10 meses para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, y a partir del año 2027 se exigirá tener un mínimo de 63 años para quienes tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses.
Por último, hay que recordar que para poder acceder al 100% de la pensión se requerirá haber cotizado un mínimo de 36 años y meses, al igual que ha ocurrido en 2023 o 2024, y como ocurrirá también en el año 2026. No será hasta el año 2027 cuando se amplíe este periodo mínimo en 6 meses, es decir, serán necesarios 37 años cotizados para poder cobrar el 100% de la pensión de jubilación a partir del año 2027. En cuanto al cálculo de la pensión no se produce ningún cambio, de manera que se mantiene el requisito de haber cotizado un mínimo de 15 años para acceder a cobrar una pensión contributiva, ya que con menos de 15 años cotizados se pasa a cobrar una pensión de carácter no contributivo, con la consiguiente merma en la cantidad mensual a recibir.
Estos vendrían a ser los cambios más importantes que se producirán a partir del año 2025 con las pensiones de jubilación. No obstante, estos cambios son los que se producirán "a priori" o en teoría, ya que la insostenibilidad del sistema público de pensiones hace que sean necesarias constantes reformas sobre la marcha para poder colocar parches al sistema, aunque sólo sirva para dar una leve patada hacia adelante al problema.