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Bajar los impuestos a las empresas aumentaría salarios y recaudación

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Como ya he explicado en artículos anteriores, mantener el Impuesto de Sociedades supone castigar principalmente a los trabajadores, cuyos salarios se ven reducidos de forma significativa. ¿A cuánto alcanza esta reducción? Veamos los cálculos que cita Rory Meakin en un estudio de reciente publicación:

- La Oficina Presupuestaria del Congreso de EEUU ha explicado que más del 70% de lo recaudado por este impuesto proviene directamente de una reducción salarial para los trabajadores.
- El American Enterprise Institute estudió más de 70 países durante dos décadas y determinó que subir un 1% este gravamen reduce un 1% los sueldos.
- Hassett y Marthur han estimado que cada euro generado por este tributo reduce en tres o cuatro euros los salarios reales.
- Desai, Foley y Hines han recopilado diferentes estudios sobre esta cuestión y han fijado en un 57% el porcentaje de la recaudación por este tributo que se deriva de sueldos más bajos.

A todos estos informes podemos añadirle uno más reciente elaborado por las Universidades de Oxford y Warwick. Sus investigadores han determinado que aumentar la recaudación en un euro supone reducir los sueldos en 92 céntimos.

Ante semejante panorama, parece evidente que conviene bajar los impuestos a las empresas si queremos conseguir unos sueldos más altos. Existen, además, muchos otros aspectos positivos relacionados con este tipo de medidas fiscales, ya que menos impuestos a las empresas se traducen en más inversión, más productividad y más ingresos, tal y como confirman las series históricas analizadas por la OCDE, así como muchos otros estudios sobre esta cuestión.

A todo esto hay que unirle los efectos recaudatorios de una rebaja de impuestos. En los últimos veinte años, países como Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Islandia, Japón, República Checa, Suecia o Suiza han experimentado mayores ingresos tributarios como consecuencia de respectivas rebajas de la fiscalidad empresarial.

Evidentemente, un aumento de la recaudación por la vía de la recuperación de la actividad económica no es lo mismo que un aumento de la recaudación por la vía de la asfixia a las empresas. Por eso, el efecto “lafferiano” de las rebajas de impuestos es preferible a las medidas recaudatorias con las que países como España están intentando capear su crisis de gasto, deuda y déficit. Eso sí: conforme suban esos ingresos, habrá que aprovechar para pagar la deuda y para seguir bajando la fiscalidad.

Ahora que ya hemos establecido la necesidad de bajar los impuestos a las empresas, ¿qué ruta debemos seguir? Para el caso del Reino Unido, esto es lo que propone Rory Meakin:

  1. El tipo del Impuesto de Sociedades debe ser reducido, bien acortándolo del 23% al 11% entre 2013 y 2014 o bien optando por un calendario gradual que pasaría del 23% en 2013 al 20% en 2014, el 15% en 2015 y el 10% en 2016.
  2. Los impuestos a las plusvalías (rentas del capital) deben ser abolidos. Apenas supone el 0,7% de la recaudación pero constituye una doble tributación que, además, encarece la financiación y las operaciones. La propuesta habla de eliminarlo entre 2013 y 2014 o bajarlo al 10% en 2014, igualándolo al tipo reducido para nuevos emprendedores como paso previo a la abolición en 2017.

Otra propuesta para Reino Unido que puede servir de referencia es que encargó la Alianza de Contribuyentes al Centro de Investigaciones Económicas y Empresariales. Aquel trabajo, desarrollado en 2007, planteó el impacto de reducir el tipo del Impuesto de Sociedades a un ritmo anual del 2%, hasta alcanzar en 2021 el 12,5% irlandés. Estas fueron las conclusiones:

- El PIB sería un 8,7% más alto.
- La inversión crecería un 60,9%.
- El empleo aumentaría un 8,7%, con alzas del 10,1% en las manufacturas.
- El ingreso disponible sería un 9% más alto, a raíz de un salto del 13,5% en los salarios.
- El consumo privado crecería un 2,3%.
- La ratio de ahorro aumentaría un 13,1%.
- Los ingresos tributarios del fisco serían mayores en 28.700 millones.

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comentarios
1 Jorge, día

EL problema que veo por ejemplo en España es que aunque el tipo esté en el 30% las empresas grandes se aprovechan de numerosas deducciones. No veo tan importante reducirle los impuestos a las grandes como si veo importante reducírselos a las pequeñas y medianas (que son la amplia mayoría). Además en España los beneficios empresariales no se reinvierten, no pasa lo mismo que en otros países. Comparar datos de USA para extrapolarlos a España no es algo lógico, son culturas y países muy diferentes, a años luz. Un saludo, buen artículo

2 Diego Sánchez de la Cruz, día

En la práctica, el tipo efectivo medio el año pasado fue del 12,5%. Aplicar esto a todas las sociedades nos igualaría con Irlanda a nivel normativo y efectivo. Saludos.

3 neocid, día

123 probando

4 el señor de los anillos, día

lo que tienen que hacer las empresas es sacar a la luz las ingentes cantidades de dinero negro que atesoran donde vemos incluso a miembros de la cúpula de la patronal pagando en negro a los empleados y otros llevando sacos de dinero a la sede de cierto partido politico del que no quiero acordarme

5 el señor de los anillos, día

Como me comentaba un inspector de hacienda, al asalariado lo tenemos pillado por los huevos o la nómina; al empresario tenemos que hacer milagros para negociar con él y pagar la mitad de lo que debe.

6 Opiniones Varias, día

En primer lugar, permíteme comenzar felicitándote por tan maravilloso artículo, así como anteriores artículos dado que te llevo siguiendo desde el principio. En segundo lugar, debo señalar que aunque tus argumentos son correctos, así como la propuesta de reducción del tipo impositivo del IS, y la correlativa hipótesis de aumento de los salarios. Sin embargo, la opinión adolece de, en principio, un par defectos más que evidente, que son los siguientes: 1.- La postura manifestada carece del fundamento jurídico correlativo. es decir, a la pregunta de si sería posible una reducción del IS, la respuesta se encuentra en que esta sería posible y necesaria dado que permitiría una menor tributación de las empresas, reduciendo la carga impositiva, permitiendo que éstas destinasen los activos relativos a impuestos a "gastos varios". Sin embargo, ello no sería el único cambio suficiente, dado que la existencia de más elementos dentro del cálculo del la base imponible y la cuota tributaria serían mas que imprescindibles de reformar. 2.- Sería necesario que el gobierno tuviese la voluntad y la "capacidad" de realizar tal ajuste, pero no con carácter único e imprescindible sino que debe reducir también los restantes impuestos, directos e indirectos, así como las cargas relativas a al Seguridad Social de los trabajadores de las empresas "beneficiarias". (Es más, debe traerse a colación un argumento no tenido en cuenta que es que una reducción del tipo impositivo del IS o de cualquier impuesto, conlleva una reducción drástica de los ingresos del sector público, endeudado hasta ... , con perdón, por lo que la propuesta de reducción de gasto sería tan imaginaria como pensar que por Moncloa andan los unicornios). De igual forma, no toda reducción de impuestos conlleva necesariamente un incremento de los sueldos y salarios de los trabajadores, sino más bien un incremento de los beneficios de las empresas así como un posible aumento de la contratación, (si se reducen otras cargas a las empresas) e incluso, por ser positivo, un aumento del número de empresas existentes. 3.- Debe recordarse que uno de los principales problemas de convivir dentro/ en la UE, con las ventajas e inconvenientes que ello estriba se encuentra en la imposibilidad de realizar tales actuaciones de forma unilateral dado que una reducción del tipo impositivo del IS tan beneficiosa para España podría producir "recelos" entre los "socios europeos", dado que una reducción como la propuesta conlleva entrar dentro de las llamadas "Ayudas de Estado" que anularían más pronto que tarde la bienintencionada actuación, éstas aparecen recogida fundamentalmente en los artículos 107, 108 y 109 del TFUE, junto al Principio de No Discriminación Fiscal, situados como uno de los pilares fundamentales del mercado común y la fiscalidad europea, y que en todo caso, impide que los Estados miembros puedan conceder ayudas a las empresas, incluyéndose cualquier medida de carácter fiscal, que les permitan situarse en una situación ventajosa respecto a sus competidores. 4.- Aunque la reforma es necesaria, imprescindible y obvia dada la situación actual, algunos de los inconvenientes enunciados no hacen sino dejar en el olvido medidas como la propuesta por usted para "salir/acabar con la crisis". Finalmente, me gustaría agradecer la posibilidad de expresar mi opinión sin olvidar mi enhorabuena por la publicación del artículo, pese a la escepticismo de la crítica realizada. Sin otro particular motivo, reciba un cordial saludo.

7 Primum vivere, deinde philosophare, día

Comparto la cuestión planteada en el punto 2 de su comentario. Efectivamente, mientras no se limiten los gastos de las AAPP no habrá posibilidad de reducir la fiscalidad y para lograrlo hay que dejar de tratar a los ciudadanos como imbéciles o, en el mejor de los caso, menores de edad. Mientras no se relacione el efecto en nuestros patrimonios de las políticas de subvenciones y de los mantenimientos de estructuras administrativas inútiles o ineficientes no será posible reducir la fiscalidad sin quebar definitivamente. ¿Qué pasaría si se dejase la opción de objetar en la factura eléctrica a los costes de las energías renovables y del carbón? Que la gran demagogia se evaporaría y los que dan por hecho que esas políticas son buenas renegarían de ellas. Discrepo del punto 3. La política fiscal requiere unanimidad de los miembros de la UE y no impone mismos tipos en el IS. La discriminación sólo existiría si se cobrasen tipos distintos a empresas españolas y a las de otros países que desempeñaran actividades en España, cosa que nunca ocurriría. El problema viene, como siempre, de nuestra deuda y cuasi intervención. Los países que nos rescatan pueden objetar a un tipo de IS muy bajo, como hicieron respecto a Irlanda, sin mucho éxito, por cierto pues la isla mantuvo su régimen netamente inferior.

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