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Montoro recaudará hasta 2.000 millones con el impuesto a los depósitos

La excusa es que el Gobierno debe compensar a tres CCAA por anular sus tasas bancarias, pero éstas tan sólo reclaman 230 millones de euros.

Un nuevo impuesto verá pronto la luz en España y esta vez afectará a los depósitos, aunque de forma indirecta. El Gobierno del PP creó a finales de 2012 un "Impuesto sobre los Depósitos" con un tipo del 0%, en vigor desde el pasado 1 de enero, para anular gravámenes similares aprobados con anterioridad por otras CCAA. Creando un impuesto estatal sobre depósitos a tipo cero, Hacienda pretendía evitar que ciertas regiones pudieran aplicar uno propio, dado que dos administraciones no pueden gravar el mismo hecho imponible, homogeneizando así el mercado bancario español.

Sin embargo, tal y como establece la ley de financiación autonómica, a cambio el Estado debía compensar a estas regiones por los ingresos que dejarían de recaudar. En concreto, a aquellas CCAA que aprobaron sus respectivas tasas con anterioridad al 1 de diciembre de 2012: Andalucía, Canarias y Extremadura; Cataluña y Asturias no serían compensadas por incumplir ciertos requisitos formales.

Para compensar a estas tres regiones, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció el martes que el impuesto estatal sobre los depósitos tendrá un tipo "moderado" en lugar del 0% inicialmente previsto. De hecho, este miércoles ha aclarado en el Congreso que el tipo impositivo se moverá entre el 0,1 y el 0,2%.

El ministro ha empleado diversos argumentos para defender esta tasa:

  • No es un depósito sobre los ahorradores: explica que "no existe, ni ha existido, ni va a existir un impuesto sobre los depositantes", como el chipriota, ya que esta tasa la sufragarán las entidades bancarias.
  • No tiene un fin "recaudatorio": el impuesto con un tipo inicial del 0% se creó para anular las tasas autonómicas y homogeneizar el mercado bancario nacional.
  • Es un impuesto "modesto": ahora aplicará un tipo "muy moderado", pero tan sólo para compensar a las CCAA afectadas por la anulación de sus respectivas tasas. El tipo impositivo se moverá entre el 0,1 y el 0,2%.

Sin embargo, tales afirmaciones no están exentas de contradicciones. Efectivamente, la norma que regula la tasa estatal estipula que el "contribuyente" son las entidades financieras. En teoría, son éstas, y no sus clientes, las que tendrán que abonar el impuesto, pero el problema es que, en la práctica, recaerá de una u otra forma sobre los ahorradores.

Y es que, no se trata de un mero impuesto a la banca sino de un "Impuesto sobre los Depósitos", tal y como reza la normativa. Se trata de un tributo directo cuyo hecho imponible son los depósitos de las entidades que operen en territorio español. Es decir, grava directamente los depósitos y, si bien serán las entidades las que tengan que abonarlo, los expertos consultados coinciden en que se trasladará a los ahorradores en forma, posiblemente, de más comisiones bancarias.

En cuanto a que su fin no es recaudatorio, sería correcto siempre y cuando se mantuviera el tipo del 0% inicialmente previsto, ya que no recaudaría dinero alguno. Su único objetivo, en teoría, era anular las tasas autonómicas para homogeneizar el sistema financiero español. Sin embargo, ahora que Montoro está dispuesto a aplicar un tipo "moderado", este gravamen supondrá ingresos para las arcas públicas y, por tanto, su fin es recaudatorio por definición.

De hecho, el propio ministro admitió el pasado año en sede parlamentaria que dichas tasas regionales tenían una "justificación recaudatoria", pero el problema es que segmentaban el mercado interior bancario "haciéndolo ineficiente". Es decir, ya entonces reconocía su afán recaudatorio.

Por último, en cuanto a que se trata de un impuesto "modesto", ideado para compensar a las tres CCAA citadas, un tipo del 0,1% o 0,2% podría parecer mínimo a primera vista. Sin embargo, dado el gran volumen de depósitos existentes, la aplicación de cualquier tipo, por moderado que sea, podría suponer a las entidades el abono de una cuantía elevada, lo cual repercutiría sobre sus beneficios en un momento, además, de especiales dificultades financieras.

En concreto, la norma establece que la base imponible son los "depósitos de la clientela" (Administraciones Públicas y otros sectores residentes) de las entidades de crédito que operan en España. Según datos del Banco de España, su volumen ascendía a 1,38 billones de euros el pasado enero. Así pues, el "modesto" impuesto sobre los depósitos recaudará entre 1.300 y 2.400 millones de euros al año, según se aplique un tipo del 0,1% o del 0,2%, respectivamente.

Curiosamente, se trata de una cuantía muy superior a la que reclaman las CCAA que deben ser compensadas. El Gobierno convocará comisiones bilaterales con las tres comunidades afectadas (Andalucía, Canarias y Extremadura) para fijar la cantidad que se destinará a compensar la supresión del impuesto autonómico, pero la cuantía total rondará los 230 millones de euros, según las estimaciones recaudatorias de estas tres regiones. Es decir, Montoro pretende recaudar con esta tasa entre cinco y diez veces más de lo que, en principio, debe abonar a estas regiones.

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