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La justicia de la UE avala que Alemania niegue ayudas sociales a otros europeos

"Lejos de pretender integrarse en el mercado laboral, llega a Alemania con el fin de beneficiarse del régimen", dice el abogado general de TJUE.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Melchior Whatelet, ha avalado este martes que Alemania deniegue ayudas sociales a ciudadanos de otros Estados miembros de la UE que viajan al país con el único objetivo de buscar empleo o de beneficiarse de estas prestaciones.

La exclusión de los ciudadanos comunitarios de estas prestaciones se ajusta al derecho de la UE siempre que se haga sobre la base de un criterio general que demuestre que no existe un vínculo real con el Estado miembro de acogida, según el fallo.

Las opiniones del abogado general no vinculan a Tribunal de Justicia, aunque éste sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces comienzan ahora a deliberar y la sentencia definitiva se dictará en los próximos meses.

En Alemania, los demandantes de empleo necesitados de asistencia pueden solicitar el seguro básico con el fin, entre otras cosas, de garantizar su subsistencia. Sin embargo, según el derecho alemán, quienes se desplacen a Alemania con el único objetivo de beneficiarse de estas prestaciones o de buscar trabajo quedan excluidos. El objetivo es evitar que Berlín tenga que soportar una carga excesiva por las prestaciones sociales.

El dictamen del abogado general responde a un litigio entre una ciudadana de nacionalidad rumana y su hijo y la administración alemana, que les denegó este seguro básico. La ciudadana en cuestión vive desde hace varios años en Leipzig en el apartamento de una hermana que la mantiene. No tiene cualificación profesional ni ha ejercido ninguna actividad ni en Alemania ni en Rumanía. Según las autoridades alemanas, no entró en el país para buscar trabajo y no se esfuerza por encontrar empleo.

En su fallo de este martes, el abogado general concluye que "una legislación que deniega las prestaciones del seguro básico a quienes, lejos de pretender integrarse en el mercado laboral, llegan a Alemania con el único fin de beneficiarse del régimen alemán de asistencia social, es conforme con la voluntad del legislador de la Unión".

"Esta exclusión permite evitar que quienes ejercen su libertad de circulación sin tener intención de integrarse se conviertan en una carga para el sistema de asistencia social. Además, es conforme con el margen de maniobra de que disponen los Estados miembros en la materia. En otros términos, permite evitar los abusos y una cierta forma de "turismo social", prosigue el dictamen.

El abogado general observa además que el criterio considerado por Alemania (a saber, desplazarse al territorio alemán con el único motivo de buscar empleo o de obtener la ayuda social) puede demostrar la inexistencia de vínculo real con el territorio del Estado miembro de acogida y la falta de integración en éste.

"Este criterio permite garantizar la viabilidad económica del régimen sin poner en peligro su equilibrio financiero. Por lo tanto, la legislación alemana persigue un objetivo legítimo, como exige el Tribunal de Justicia", señala el fallo

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