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Castilla y León multará con hasta 90.000 euros el alquiler turístico sin licencia

La Junta de Castilla y León también pone freno a las viviendas de uso turístico.

La Junta de Castilla y León regulará por primera vez las viviendas de uso turístico que se comercialicen por canales de oferta turística, fundamentalmente las agencias de viaje y las centrales de reserva), que se someterán a un régimen sancionador por incumplimiento de la norma de entre 9.000 y 90.000 euros.

Según contempla el decreto aprobado este jueves por el Consejo de Gobierno, el objetivo de esta norma es evitar las prácticas de intrusismo en el sector de los alojamientos turísticos y la competencia desleal con la oferta de alojamientos privados y controlar la comercialización en las páginas web, además de promover la calidad y la excelencia del turismo como estrategia de futuro de la Comunidad.

Entre los requisitos para ser considerada vivienda de uso turístico destaca la necesidad de ser una vivienda amueblada y equipada para la cesión temporal de su uso "de manera inmediata" y "en su totalidad" para su comercialización o promoción principalmente en canales de oferta turística y cesión realizada con finalidad lucrativa.

De este modo, se diferencia la vivienda de uso turístico del apartamento turístico ya que en este último caso las unidades de alojamiento han de estar integradas en un bloque o conjunto y, por tanto, se trataría de, al menos, dos unidades de alojamiento.

Para ser considerada vivienda de uso turístico se exige una habitualidad de uso de al menos un mes dentro de un año natural y se establece además que la estancia de una misma persona no puede superar los dos meses seguidos ya que no se consideraría esa estancia de uso turístico.

Así, cuando el propietario comercialice su vivienda por otros medios que no sean los canales de oferta turística o no lo haga de forma habitual podrá ser considerado un arrendamiento de temporada y seguir sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Según ha explicado la portavoz de la Junta, Milagros Marcos, en la nueva regulación, que entrará en vigor al día siguiente de la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), se ha apostado por mantener el equilibrio entre la garantía de los derechos de los turistas, los intereses de los titulares de las viviendas de uso turístico y el resto del sector "dentro de la garantía de la unidad de mercado y sin que se impongan requisitos innecesarios que impidan o dificulten la libertad empresarial".

Además, la Consejería de Cultura y Turismo ha tenido en consideración la aparición de nuevas plataformas digitales e innovaciones tecnologías por su "efecto dinamizador" en el sector de alojamiento turístico, en especial en el caso concreto del alquiler de viviendas con uso turístico, ya que esas plataformas son el principal canal de oferta turística.

De acuerdo con las características de este tipo de establecimientos de alojamiento turísticos, ha explicado Marcos, la exigencia de requisitos técnicos es "básica" ya que se ha optado por no establecer categorías que sirvan de referencia para conocer la calidad de los establecimientos, "ya que el turista tiene la información necesaria a través de medios tecnológicos para conocer las características de las viviendas de uso turístico".

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