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AUNQUE PENALIZA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL

El Gobierno aprueba por decreto rebajar el coste del despido

Tal y como avisó el presidente del Gobierno, José María Aznar, al final ha sido el Ejecutivo quien, de forma unilateral y vía Decreto Ley, ha acometido la reforma laboral. Recogiendo los planteamientos de sindicatos y patronal, el Gobierno ha fijado una indemnización de ocho días de salario por despido para los contratos temporales, y ha extendido la de 33 días por despido de contrato indefinido a nuevos colectivos.
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que regula la reforma del mercado laboral en el que fija una indemnización de ocho días de salario por despido para los contratos temporales, y extiende la de 33 días por despido de contrato indefinido a nuevos colectivos. La norma, que será tramitada como proyecto de Ley en el Parlamento, introduce limitaciones a la contratación temporal para evitar el "abuso" y hacer que la creación de empleo sea cada vez más estable.

Además, se reduce la duración máxima de los contratos temporales de los 13,5 meses actuales a doce, a la vez que se modifica el Estatuto de los Trabajadores para equiparar los derechos de los empleados temporales con los indefinidos. El Real Decreto extiende el contrato indefinido de fomento del empleo, con una indemnización por despido de 33 días, a los jóvenes de 16 a 30 años --antes de 18 a 29 años--; a mujeres desempleadas en profesiones con menor índice de empleo femenino; mayores de 45 años; parados con más de seis meses inscritos como demandantes de empleo --antes sólo parados durante más de un año-- y minusválidos.

Así mismo, se modifican los tipos de cotización por desempleo con reducciones para los contratos indefinidos, e incrementos para los temporales. En cuanto al contrato a tiempo parcial, el Real Decreto elimina el límite máximo del 77 por ciento de la jornada laboral en ese tipo de contratación para la adecuación plena a las necesidades de los trabajadores y las empresas, a la vez que se mantienen los niveles de protección social.

Como principal novedad, habrá una bonificación de las cuotas del cien por cien durante un año en el contrato de las desempleadas de larga duración que se haga en los 24 meses posteriores al parto y para las mujeres de entre 16 y 45 años habrá una reducción del 25 por ciento en la cuotas por contingencias comunes a la Seguridad Social durante dos años. Para favorecer la integración en el mercado laboral de los colectivos con dificultades, se amplía el contrato de formación para inmigrantes durante los dos primeros años de permiso de trabajo; parados de larga duración con más de tres años de desempleo; parados en exclusión social y trabajadores de escuelas taller.

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