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Es la Justicia, idiota

El caso es que en esto de la reforma laboral, como tantas otras cosas en España, parece que, antes de reformar nada, quizá bastara con aplicar cabalmente las leyes que ya tenemos.

loboe dijo el día 14 de Junio de 2010 a las 22:58:

A uno que es algo corto de entendederas, se le ocurre que a lo mejor podría considerarse que la compensación a quien ha colaborado en el crecimiento de la empresa queda saldado cada fin de mes cuando cobra su salario y que quizás, simplificando las cosas, se acabarían con toda esa palabrería vana y con la mayoría de problemas creados por políticos que por cierto, en su puñetera vida han creado ni un solo puesto de trabajo.

sidi09 dijo el día 14 de Junio de 2010 a las 09:21:

No se olvide de que detrás de estas sentencias está el motivo económico. De cada sentencia desfavorable para el empresario, el sindicato se lleva un % si los abogados del trabajador son seudo-empleados de los propios sindicatos pues, estos trabajan captados desde la universidad con una cantidad a modo de sueldo y el resto es para el propio sindicato.

juan2006 dijo el día 14 de Junio de 2010 a las 03:39:

El motivo de que el despido sea costoso para el empresario, que data de los tiempos del franquismo, es que pese a ser un regimen dictatorial y fascista admitió algo a nadie se le escapa y es que la empresa funciona por dos fuerzas concurrentes la iniciativa empresarial y el trabajo del obrero. No parecía justo que si una empresa prosperaba por el concurso de ambas fuerzas la única beneficiaria fuera una, el empresario, de ahí que cuando se despedía a un trabajador, tarea harto complicado en el franquismo, se buscara el compensar a quien había colaborado para el crecimiento de la empresa de forma que no solo era caro el despido, sino que solo podían producirse por causas muy tasadas de forma que el despido nulo e improcedente conllevaba la obligación del empresario a readmitir al trabajador. Hoy de hecho solo queda la compensación dineraria pero no el derecho del trabajador por optar a mantenerse en la empresa si el despido es nulo o improcedente. En este último caso el empresario decide si readmite o no teniendo la opción de no readmitir indemnizando. Pero es que además se ha vaciado más de contenido tal derecho, pues en las primeras reformas que se hicieron en contra de los derechos de los trabajadores se concedió el derecho al empresario el derecho a despedir indemnizando, quitando dicha opción al trabajador, pero los costes por salarios de tramitación y demás hacía que muchos empresarios se lo pensaran mucho antes de despedir injustamente al trabajador. Con la última reforma se rizó mas el rizo de forma que ya en el propio despido se da la facultad al empresario a despedir ofreciendo la indemnización con lo que se ahorra los salarios de tramitación y se convierte, de hecho, los despidos en despidos libres aunque indemnizados. Me duele tenerlo que admitir que la política social del franquismo era mucho más protectora de los derechos de los trabajadores y ¡¡ que paradoja!! había pleno empleo. Por eso no alcanzo a comprender por qué si en la época del franquismo había pleno empleo y el despido era una tarea casi imposible para el empresario como ahora despojado el trabajador de casi todos sus derechos a mantener el empleo, hay que darle mas vueltas de tuerca, convertir el despido en casi gratis olvidándose de aquella doctrina en la que reconocía la fuerza laboral como algo importante para que una empresa crezca.