
Tras la derogación del polémico decreto antidesahucios como consecuencia del castigo de Junts al Gobierno, son muchos los propietarios que se preguntan si realmente pueden cantar victoria y echar por fin a sus okupas tras cinco años de calvario. La respuesta es más compleja de lo que parece, pero si en algo coinciden todos los expertos es que es una gran noticia para el pequeño propietario afectado por la llamada inquiokupación.
"Hoy acabamos con una anormalidad en Europa, que es que en un país democrático se esté vulnerando el derecho a la propiedad de aquellos particulares que, con toda su buena fe, habían puesto en alquiler sus viviendas antes del Covid, con la pandemia les dejaron de pagar y llevan años con lanzamientos suspendidos por una crisis que ya pasó", subraya el abogado José María Español, que insiste en que "lo que no se puede hacer es prorrogar esta situación de forma indefinida —como se ha venido haciendo, utilizando desde la invasión de Ucrania hasta el volcán de La Palma—, porque "eso vulnera el derecho a la propiedad".
¿Qué ha de hacer el pequeño propietario?
Lo primero que aclara, no obstante, el letrado es que "hoy los que están de enhorabuena son los pequeños propietarios". Sin embargo, "los grandes tenedores tendrán que seguir el trámite previsto en la Ley de la Vivienda". Los primeros no han de perder ni un minuto: "Como el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre no se ha convalidado, queda sin efecto, así que hoy mismo pueden presentar un escrito en el juzgado a través de su abogado y su procurador, pidiendo que se alce la suspensión de sus procesos y que, o bien se celebre el juicio correspondiente, o bien se ejecute el correspondiente lanzamiento".
¿Cuánto tiempo puede demorarse el desahucio?
La gran pregunta es cuánto tiempo puede pasar hasta que eso suceda. "Depende de las demarcaciones —apunta José María Alejandre, otro abogado sevillano especializado en estos casos—. Aquí, por ejemplo, hay pueblos en los que es horrible el tiempo que se tarda". En este sentido, el letrado advierte de que, antes de que llegase el polémico decreto antidesahucios, estos procesos ya se prorrogaban un mínimo de 6 o 7 meses: "Hay que tener en cuenta los problemas de personal que hay en muchos sitios y también que si el okupa solicita asistencia jurídica gratuita, por ejemplo, el proceso se paraliza. Es decir, que tampoco va a ser de un día para otro".
¿Y si el Gobierno aprueba otro decreto?
A todo ello, hay que añadir la posibilidad de que el Gobierno se estuviera guardando un as bajo la manga y pudiera volver a la carga: "Entonces el proceso volvería a empezar", advierte Alejandre. José María Español, por su parte, no descarta que esto suceda y, por eso, insta a los propietarios a actuar lo más rápido posible. Aun así, advierte de que, incluso aunque el próximo martes el Consejo de Ministros aprobase otro decreto similar, muchos propietarios ya tendrían una batalla ganada, concretamente, aquellos que se quejan de que la situación de sus okupas ha cambiado.
A muchos de ellos les concedieron la vulnerabilidad en 2020 porque en aquel momento no tenían trabajo, por ejemplo. Sin embargo, es probable que, en estos años, hayan encontrado otro y, a pesar de ello, la suspensión de su lanzamiento se haya ido prorrogando de forma automática sin revisión alguna. "Ahora mismo ya no cabría esa posibilidad, sino que tendrían que justificar de nuevo su situación de vulnerabilidad, por lo que ya sería una ventaja", explica el abogado.
Además, en caso de que el Gobierno aprobase otro decreto, tendría que ser igualmente convalidado en el Congreso en el plazo de un mes y, según Español, a estas alturas, Junts ya no estaría dispuesto a aprobarlo de ninguna forma: "Junts no va a pasar por el aro por un motivo y es que la okupación se ha convertido en un problema generalizado en Cataluña, y sus propios alcaldes de la zona de Mataró y la Comarca del Maresme están apretando mucho, porque es una de las zonas más conflictivas y ya están viendo los problemas que tienen".
Reclamar los perjuicios ocasionados
Por otro lado, el abogado insiste en que "hay que recordar que estas personas pueden reclamar los perjuicios ocasionados". Tal y como explica, los propios decretos antidesahucios que el Gobierno ha ido aprobando estos años para suspender los desahucios también contemplaban una compensación para los propietarios que se vieran obligados a mantener a los ya bautizados como inquiokupas. Sin embargo, dicha compensación tan solo puede solicitarse hasta un mes después de que decaiga la medida: "Por eso digo que para esto sí que hay que correr, porque no sabemos si es un mes a partir de la votación en el Congreso o un mes desde que expiraba el anterior. De ser así, tendría que solicitarse antes del 31 de enero, por lo que solo les queda una semana".
Así, José María Español insta a todas las víctimas de esta inquiokupación amparada por el Gobierno durante los últimos cinco años a dirigirse a la administración autonómica que les corresponda. "Lo que tienen que hacer es decir que han tenido suspendido el lanzamiento por una orden judicial durante 40 meses, por poner un ejemplo, calcular la renta correspondiente y reclamarla. Otra cosa es que luego se la paguen, pero pedirla hay que pedirla", dice el abogado sin esconder el caos que reina en muchas comunidades con este asunto que algunas organizaciones de usuarios, como la OCU, han intentado clarificar.
¿Qué sucede con los grandes tenedores?
Aclarado el margen de actuación de los pequeños propietarios, Español advierte de que la situación no es la misma para los grandes tenedores, para los que la Ley de Vivienda Contempla unas medidas muy concretas, por las cuales tendrían que esperar, como mínimo, dos meses: "Si usted tiene más de 10 viviendas, pues tendrá que hacer el trámite correspondiente ante la administración autonómica para averiguar si su okupa es vulnerable y, una vez averiguado esto, hacer una mediación en caso de que lo sea o pedir el lanzamiento".