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Sánchez defenderá en el TC cortar la luz con los argumentos que niega en la escuela catalana y las subidas a la Policía

La argumentación jurídica para defender el real decreto se basa en una deformación de las competencias constitucionales del Estado central.

La argumentación jurídica para defender el real decreto se basa en una deformación de las competencias constitucionales del Estado central.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera. | Europa Press

El equipo jurídico de Moncloa ya tiene preparado el argumentario que empleará ante el Tribunal Constitucional para defender su decretazo de cortes de luz y gas. En caso de que el recurso de la Comunidad de Madrid y otras administraciones llegue a tener que dirimirse, el equipo de Pedro Sánchez usará todos los argumentos que el mismo presidente niega en el caso de la escuela catalana y de la equiparación salarial real de la Policía Nacional con el sueldo de los Mossos. Sánchez invocará la capacidad del Estado para garantizar el acceso en igualdad de todos los ciudadanos a los derechos básicos —como la educación— y el trato igualitario a todos los funcionarios —como los policías—.

La argumentación jurídica para defender el real decreto de cortes de luz y gas ya está construida por los asesores del líder socialista. Y se basa en una deformación de las competencias constitucionales del Estado central, justo en la dirección contraria a la empleada por el mismo Pedro Sánchez cuando se sienta a negociar con Bildu o ERC. Con los proetarras y separatistas deforma la Carta Magna para vaciar las competencias del Estado. Y, ahora, deforma la misma Constitución, pero para esgrimir una competencia única central en materia de equiparación de trato a los funcionarios y a los administrados. Justo lo que siempre ha negado Pedro Sánchez cuando los policías o guardias civiles le recuerdan que no ha equiparado el sueldo de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en toda España, o cuando las familias de los menores catalanes que quieren educar a sus hijos en español reclaman al Estado una mínima protección e inspección frente a las violaciones legales de la Generalidad con respecto al derecho que tienen todos los ciudadanos a la libertad educativa (artículo 27 de la Constitución Española).

Así, los equipos jurídicos del presidente invocarán "la competencia que las reglas 13.ª, 18.ª y 25.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española atribuyen al Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, legislación básica sobre contratos y bases del régimen minero y energético, respectivamente".

Pues bien, ese artículo 149.1 señala en esos puntos concretos que "el Estado tiene competencia exclusiva" sobre las siguientes materias:

  • En el apartado 13, sobre "las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica".
  • En el 18, sobre "las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de los funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas" y el "procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas".
  • Y en el 25, "las bases del régimen minero y energético".

El apartado clave es el 18. Allí, los abogados de Presidencia defenderán que el poder central debe mantener un control directo y exclusivo de las "bases" del "régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de los funcionarios" con un fin muy claro: "Garantizar a los administrados un tratamiento común ante ellas" y el "procedimiento administrativo común". Y eso es justo lo que no ocurre en Cataluña con la escuela, donde los ciudadanos no pueden acceder a una formación en español igual a la que logran sus compatriotas en la mayoría de las zonas de España (todas, menos las de influencia nacionalista).

Es más, el mismo precepto ampara a los policías y guardias civiles en sus demandas salariales y de presencia física en toda España: ni en esas zonas de influencia nacionalista los ciudadanos pueden invocar su protección ante esos cuerpos de seguridad en igualdad a la obtenida, por ejemplo, en Madrid, Andalucía, Asturias o Castilla La Mancha. Y, además, los propios agentes se ven traicionados y defraudados en sus derechos constitucionales al no tener un mismo trato salarial que los Mossos y tener un régimen efectivo y real distinto pese a ser funcionarios.

Pero Sánchez no tiene reparos: a los unos les niega un amparo legal mínimo de forma reiterada, mientras que, para su beneficio, invocará un poder estatal más allá del realmente reconocido por la Constitución con tal de imponer sus recortes de luz y gas.

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