Menú

Fedea tumba el plan de empleo de Yolanda Díaz: los "vagos" objetivos de la "vida digna" o el trabajo "decente"

Fedea critica que la ley de Yolanda Díaz que dará prioridad al colectivo LGTBI tiene otras muchas deficiencias y conceptos ambiguos.

Fedea critica que la ley de Yolanda Díaz que dará prioridad al colectivo LGTBI tiene otras muchas deficiencias y conceptos ambiguos.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, | EFE

Hace casi cinco meses que el Gobierno trasladó al Congreso del Proyecto de Ley de Empleo de Yolanda Díaz, aunque no era hasta hace unas semanas cuando esta normativa levantaba una gran polémica.

La razón es que el Gobierno pretende dar prioridad a las personas LGTBI a la hora de encontrar empleo, unas intenciones que habían pasado desapercibidas hasta ahora. Tal y como contempla la norma del Ejecutivo formado por PSOE y Podemos, un ciudadano homosexual formará parte de los "colectivos de atención prioritaria para la política de empleo" junto a "personas mayores de cuarenta y cinco años", "personas con capacidad intelectual límite", "personas gitanas" o "personas afectadas por drogodependencias y otras adicciones" entre otros colectivos.

lgtbi.jpg

Que la Administración pueda tener capacidad para priorizar a un candidato homosexual por encima de un heterosexual a la hora asignar una oferta de empleo es algo que resultará verdaderamente complicado. Teniendo en cuenta que demostrar la orientación sexual de cada persona sería tan complejo como intrusivo en la vida privada de los demandantes de trabajo, esta idea, sobre la que el Ministerio de Trabajo ha dado pocos detalles, ha sido duramente criticada.

Fuentes del sindicato CSIF dentro del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid consultadas por Libre Mercado calificaron de "locura" la medida de Yolanda Díaz. "La orientación sexual no está en el DNI, ¿cómo vamos a saber si es fiable lo que nos diga un candidato? Es absurdo" señalaron.

El concepto de "empleo decente"

Pero los expertos de Fedea han seguido analizando el Proyecto de Ley de Empleo de Yolanda Díaz "que forma parte de la reforma estructural del mercado de trabajo" que tiene en marcha la ministra y han encontrado otras muchas deficiencias y conceptos ambiguos al margen de la prioridad a las personas LGTBI. Esta reforma de las políticas activas de empleo forman parte del Componente 23 "Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" incluido por el Gobierno en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a la Comisión Europea a cambio del dinero europeo.

El citado texto dice: "es necesario reducir la tasa de desempleo de mujeres y hombres a menos de la mitad y alcanzar una tasa de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa (80% en 2050)" un objetivo ambicioso, pero para el que no se dan detalles.

La norma maneja "conceptos poco concretos que dificultan su cumplimiento y su evaluación posterior. Términos como acceso a un empleo decente; búsqueda activa de empleo; necesidades específicas de las distintas etapas vitales; ocupación adecuada, etc. Cualquiera de estos conceptos dificulta el diseño y despliegue de programas específicos" señala el informe de Fedea publicado ayer lunes. "Se describen en términos muy vagos (colaboración activa, ocupación adecuada, causa justificada" insisten.

Además, el plan de Yolanda Díaz "no explicita las ventajas de transformar un organismo autónomo, el SEPE, en Agencia Estatal de Empleo, lo que casi se ha convertirlo en el objeto central de la nueva norma. Se supone que deben ser de índole administrativa para agilizar y flexibilizar la gestión a partir de una mayor autonomía en la gestión, pero deberían explicarse en detalle para poder valorar la necesidad del cambio y sus posibles ventajas (e inconvenientes)".

La falta de algún tipo de memoria económica o dato presupuestario también escandaliza a Fedea. "La norma recoge como declaración genérica: "los servicios de empleo deberán tener la financiación suficiente", sin aportar ninguna referencia sobre qué se entiende por suficiente" apuntan.

"¿Qué se considera un nivel de vida digno?"

Por el lado de la situación real del mercado de trabajo, "la norma no aporta soluciones para conseguir que los programas formativos de empleo se adecúen a las necesidades de las personas y del tejido productivo. El texto utiliza el concepto de itinerario formativo y luego de formación profesional en el trabajo, sin concretar cuál es su contenido, cómo se articula y sin especificar cómo se puede ligar con las competencias de las personas (se necesita relación entre experiencia, ocupaciones y competencias individuales). El itinerario de orientación y formativo es ¿lo que necesita la persona? ¿lo que pide el mercado? ¿a lo que se puede acceder en su localidad de residencia?"

"El texto menciona la búsqueda de la protección social que permita el mantenimiento de un nivel de vida digno durante el proceso de búsqueda de ocupación ¿qué se considera un nivel de vida digno? ¿Si no se alcanza, puede la persona desempleada dejar de cumplir su parte del acuerdo de activación?" se preguntan también.

"Hay una reiteración en el uso de términos sobre los que existe un gran consenso en cuanto al deseo de conseguirlos, como trabajo digno y decente y no discriminación, pero de difícil cumplimiento debido a la falta de definición legal de muchos de ellos y, por tanto, la imposibilidad de control por las entidades públicas del grado de cumplimiento" insisten.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios