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Lío con los nuevos permisos de conciliación: empresas en vilo porque la norma no dice si son días naturales o laborales

El sindicato USO ha dado la voz de alarma y comienza así una nueva vía de reclamaciones y conflictos por las chapuzas legislativas del Gobierno.

El sindicato USO ha dado la voz de alarma y comienza así una nueva vía de reclamaciones y conflictos por las chapuzas legislativas del Gobierno.
El nuevo Gobierno de Pedro Sánchez | Europa Press

El Real Decreto Ley formó parte de la batería socialista de regalos electorales entre el 28-M y el 23-J. Fue impulsado con toda la prisa porque lo importante era comprar votos. Ya ha pasado, casi medio año después, la inestabilidad gubernativa. Y ahora se han empezado a dar cuenta las empresas de todo un tremendo lío: esa norma regula los nuevos permisos de conciliación y se ha dejado sin aclarar si se trata de días naturales o laborales. Nueva vía a las reclamaciones y conflictos en las empresas por las chapuzas legislativas del Gobierno.

El sindicato USO ha disparado la voz de alarma. Un informe titulado sin disimulos -"Los nuevos permisos por cuidados que han entrado en vigor en 2023, ¿deben disfrutarse en días naturales o laborables?"- explica el enésimo follón creado por legislar a golpe de atracones políticos y sin tener en cuenta criterios técnicos.

"El RDL 5/2023, de nuevos permisos parentales para la conciliación, dejó muchos flecos sobre su aplicación, como si estos permisos se disfrutan en días naturales, laborables o hábiles. Una corrección posterior sí lo especificó para los trabajadores regidos por el EBEP, pero no para el mayoritario sector privado", señala el informe de USO.

"Los permisos retribuidos ¿son en días naturales o laborables? En 2022, el Tribunal Supremo reiteró su doctrina y estableció que todos los permisos retribuidos deberán disfrutarse en días laborables. Y, en el caso de que el hecho causante tuviera lugar en día festivo o no laborable, el cómputo de los permisos comenzará el primer día laborable siguiente a aquel en que se produce el hecho causante (la causa) que da derecho al permiso", señala el sindicato.

"Es así, ya que los permisos sólo tienen sentido si se dan en un período de tiempo en el que hay obligación de trabajar. De lo contrario, no tendría sentido que su principal efecto fuese ausentarse del trabajo", añade.

Pero, "entonces, ¿este permiso lo disfruto en días naturales o laborables?", vuelve a preguntarse en su informe el sindicato. "Es cierto que aún no hay jurisprudencia sobre este cambio, sino sobre el anterior concepto del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, se podría considerar que el cambio en la legislación aumentó los días del permiso y amplió los sujetos causantes, las causas para disfrutarlo, pero no cambió la naturaleza del permiso en sí". Sin embargo, "como la norma no lo especifica, puede estar abierto a interpretaciones. Por ello, es necesario esperar a que haya sentencias que lo aclaren con total seguridad", concluye.

Y en ese Real Decreto se recogía la modificación de artículos del Estatuto de los Trabajadores para "reforzar el derecho a la conciliación, crear un nuevo permiso parental, ampliar determinados permisos retribuidos y el derecho a la adaptación de jornada para el cuidado de hijos o de personas con discapacidad, y, en los que la Ley se refiere al cónyuge, ampliar su aplicación a las parejas de hecho".

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