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Yolanda Díaz sigue dictando los principios del movimiento: carga contra el vapeo tras hacerlo contra los restaurantes

Sumar quiere prohibiciones específicas para estos dispositivos y puntos de venta especializados con sistema de doble verificación de edad.

Sumar quiere prohibiciones específicas para estos dispositivos y puntos de venta especializados con sistema de doble verificación de edad.
Yolanda Díaz no tiene fin con las prohibiciones específicas | Europa Press

Yolanda Díaz no tiene fin. Tras pedir que los restaurantes nos manden a casa a las doce -no más-, ahora carga contra el vapeo y plantea "prohibiciones específicas" para los dispositivos electrónicos con nicotina, o sin ella".

Sumar quiere que se reforme el Real Decreto 579/2017 de 9 de junio para introducir una prohibición específica para los dispositivos electrónicos de vapeo. La quiere para prohibir que estos aparatos, "con nicotina, o sin ella, tengan formas especialmente atractivas para menores de edad, como por ejemplo diseños de figuras infantiles o diseños que reproduzcan alimentos o bebidas".

La quiere para volver a regular "determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, la definición de dispositivo susceptible de liberación de nicotina por producto de vapeo, con el fin de incluir los líquidos sin nicotina destinados a dispositivos del vapeo y equiparar en todo caso la legislación del cigarrillo electrónico (DSLN) sin nicotina a la aplicable en la actualidad a los productos con nicotina, de manera que existan las mismas obligaciones de registro, elaboración de estudios de toxicidad como requisito previo a su comercialización".

El partido de Yolanda Díaz igualmente quiere impulsar "la reforma de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco para incluir la prohibición de venta de líquidos sin nicotina a menores y el consumo de dispositivos sin nicotina en los lugares marcados por la disposición adicional duodécima, sin perjuicio de la normativa establecida por las Comunidades autónomas".

Sumar busca, además, un "sistema de licencias que autorice la venta, además de en los establecimientos regulados de tabaco y timbre, exclusivamente en establecimientos, tanto en el ámbito offline como online, especializados en estos dispositivos, entendiéndose estos aquellos que comercios minoristas que cumplan" con una serie de criterios.

Y entre ellos se encuentran "que la actividad principal del establecimiento sea la comercialización de dispositivos electrónicos de liberación de nicotina y productos sin nicotina y en todo caso que su facturación provenga en más de un 85% de la venta minorista de dispositivos electrónicos de liberación de nicotina o productos de vapeo (con o sin nicotina). Que esté prohibido el acceso a estos establecimientos por parte de menores de edad. Que obligatoriamente en el interior de los establecimientos exista un punto de recogida de los residuos generados por los dispositivos de vapeo que facilite el reciclaje de estos".

También, "que los establecimientos que contengan puntos de venta online cuenten obligatoriamente con un sistema de doble verificación de edad, (tanto en el momento de la compra como en el de la entrega del producto) que impida la compra de estos productos por parte de menores de edad" y "que la venta en máquina expendedora sólo se permita si se cuenta con un sistema de verificación de la mayoría de edad similar al existente para los productos de tabaco".

La lista de criterios no acaba ahí. Estos establecimientos también deberán respetar "la obligatoriedad en el etiquetaje de los dispositivos sin nicotina y todo dispositivo no recargable con líquido sin nicotina los efectos perjudiciales de su consumo, así como toda su composición en detalle con los mismos requisitos que se le exigen a los dispositivos con nicotina.

Además, todos los productos sin nicotina deben tener obligatoriamente la frase: "estos productos son exclusivamente para mayores de edad". Además se les obligará a "impulsar campañas centradas en la población menor de edad para advertir sobre los riesgos para la salud que conllevan los dispositivos de vapeo, contengan nicotina o no" y "reforzar los recursos para supervisar y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y acompañarlo de un sistema de sanciones estricto, incluyendo la retirada de la licencia de venta en caso de infracción grave y reiterada como la venta a menores o productos no registrados y notificados debidamente".

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