España ha sufrido una significativa derrota legal en los Estados Unidos. El pasado 26 de septiembre, un tribunal federal del país norteamericano ha autorizado la ejecución de un laudo arbitral a favor de una empresa afectada por la retirada retroactiva de las primas concedidas por el gobierno de Rodríguez Zapatero a las energías renovables. El fallo, relacionado con el caso de la japonesa JGC Corporation, permite a la compañía iniciar procedimientos para recuperar el dinero mediante el embargo de activos comerciales españoles radicados en suelo estadounidense.
El origen del conflicto radica en los cambios regulatorios del sector energético español que, según reconoce un laudo vinculante emitido por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), infringieron las garantías básicas de seguridad jurídica que nuestro país se obligó a respetar al firmar el Tratado de la Carta de la Energía (TCE). Los cambios regulatorios y fiscales que motivaron las denuncias ocurrieron de 2010 a 2014, bajo los gobiernos de Rodríguez Zapatero, primero, y Mariano Rajoy, después.
La decisión del CIADI otorgó a JGC el derecho a una compensación de 23,51 millones de euros, junto con intereses por demora y el reembolso de los costes legales. El procedimiento, iniciado ante el tribunal de arbitraje del Banco Mundial en 2015 y resuelto en 2021, evaluó la operativa de la compañía asiática en dos plantas termosolares radicadas en la provincia de Córdoba, en Andalucía. Ante la negativa del gobierno español de Pedro Sánchez a cumplir con este pago, la compañía ha recurrido a la justicia internacional.
La sentencia que ahora sale a la luz ha sido emitida por la Corte de Distrito de Estados Unidos y desestima los argumentos de España sobre la falta de jurisdicción del tribunal y la supuesta incompatibilidad del laudo con la normativa de la UE. El juez Rudolph Contreras ha concluido que el laudo debe ser reconocido y ejecutado en Estados Unidos como si fuera una sentencia nacional, en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por los países firmantes del Convenio CIADI.
Esta decisión sigue la línea de un fallo anterior de la misma corte, que el pasado verano tumbó la petición de España de impedir la ejecución de estos laudos en territorio estadounidense. Con esta nueva sentencia, se da vía libre a los inversores para hacer valer sus derechos en Estados Unidos y se abre la puerta a nuevos procedimientos de embargo, similares a los que España enfrenta ya en Bélgica y Reino Unido. Actualmente, el proceso de identificación de activos embargables ha revelado bienes por valor de más de 5.000 millones de euros. Asimismo, la Corte Suprema de Australia ha fallado en contra de España, aunque los embargos aún no se han ejecutado en suelo oceánico debido a otras prioridades de las empresas afectadas.