Menú

Las claves de la proposición de ley de Junts sobre okupación que el PSOE se ha visto obligado a tramitar

Además de cursar desalojos en 48 horas en caso de usurpación o allanamiento, también acota la suspensión de los desahucios en casos de inquiokupación.

Además de cursar desalojos en 48 horas en caso de usurpación o allanamiento, también acota la suspensión de los desahucios en casos de inquiokupación.
Agentes antidisturbios desalojan a unos okupas | Europa Press

En plena oleada de cesiones a Junts, el PSOE se ha visto obligado este martes a aceptar la tramitación de su "Proposición de Ley de medidas urgentes para hacer frente a la ocupación ilegal de inmuebles" que, entre otras cosas, plantea el "desalojo rápido" de los okupas en 48 horas, así como acotar la suspensión de los desahucios a familias vulnerables.

Con la intención de tranquilizar a sus socios de izquierdas, los socialistas han prometido, eso sí, que introducirán enmiendas al texto. Sin embargo, la realidad es que, sin contar con su apoyo, la propuesta ya cuenta con el aval de la mayoría absoluta del Congreso, ya que PP, Vox, PNV y Coalición Canaria también le han dado el visto bueno. De ahí la trascendencia de unas medidas que, aunque ya habían sido planteadas anteriormente por otros grupos, nunca habían estado tan cerca de ser una realidad. No en vano, el sí de los socialistas llega después de rechazar propuestas similares presentadas por los nacionalistas vascos y por el Partido Popular, cuya ley antiokupas lleva bloqueada en el Senado desde hace más de un año.

La iniciativa de Junts ha sido defendida por la diputada Marta Madrenas, la misma que ya el pasado mes de octubre se reunía con la Plataforma de Afectados por la Ocupación para recoger un sentir, el de las víctimas de esta lacra, que el Gobierno ni siquiera se ha molestado en atender. Consciente del daño que sufren miles de propietarios en Cataluña, Madrenas ha calificado la reforma propuesta como una "cuestión de justicia", subrayando que las Administraciones no pueden hacer recaer sobre los particulares una responsabilidad, la de ayudar a familias vulnerables, que es exclusivamente suya.

Desalojos en 48 horas

Partiendo de esta premisa, el texto registrado en el Congreso dice tener como objetivo principal "dotar a los tribunales y operadores jurídicos de mejores herramientas legales para que puedan tramitar los procesos de desocupación y lanzamiento de inmuebles ocupados ilegalmente de una manera más eficaz y rápida".

Así, la propuesta más significativa es la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) para introducir un nuevo artículo 544 sexíes —tal y como llevan tiempo reclamando numerosos jueces— que, ante un caso de usurpación o allanamiento permita adoptar, previa solicitud de parte, "la medida cautelar de expulsión del inmueble a cualquier persona que se halle en el mismo al momento del lanzamiento y la devolución posesoria al propietario o titular del derecho del inmueble".

Los okupas, según reza el texto, "tendrán un plazo de 48 horas para acreditar su posesión legítima". Si no aportasen título alguno, "se procederá, con el auxilio policial que sea necesario, al desalojo inmediato del bien inmueble y la entrega de la posesión al titular legítimo". En todo caso, "se dará conocimiento a los servicios sociales competentes, para que, si éstos consideran necesario adoptar medidas especiales de protección por vulnerabilidad, puedan proceder a su realojamiento". Pero eso sí, se reitera que dicho proceso deberá ceñirse al "plazo máximo e improrrogable de 48 horas".

¿Cuándo se considera un delito flagrante?

También se introducen modificaciones en lo relativo a la flagrancia del delito que se exige para actuar de inmediato. Así, "se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere identificado en el momento de estar cometiendo el delito, tratando de acceder al inmueble, sino cuando por las circunstancias concurrentes el grupo policial entienda razonablemente que el acceso al inmueble se produjo en las anteriores 48 horas"

Entre otros indicios, se alude explícitamente a "la constatación de rotura o fractura de puertas o ventanas, aviso de una central de alarmas por activación de la señal de intrusión en un inmueble, manifestaciones de vecinos, testigos o vigilantes o presencia de utensilios en el exterior del inmueble que permitan inferir haber realizado la mencionada ocupación".

El polémico decreto antidesahucios

Otra de las grandes novedades que introduce la Proposición de Ley de Junts tiene que ver con el polémico decreto antidesahucios aprobado en 2020 con motivo de la pandemia del coronavirus y prorrogado una y otra vez por el Gobierno con diferentes excusas. Hasta ahora, cualquier propietario con un inquiokupa considerado vulnerable se veía obligado a mantenerle. Sin embargo, la propuesta de los independentistas plantea que solo se suspenda el lanzamiento cuando se trate de "viviendas que pertenezcan a personas jurídicas o a personas físicas titulares de más de diez viviendas".

Desde este punto de vista, el cambio sería considerable y supondría un alivio para miles de propietarios atrapados por un fenómeno, la llamada inquiokupación, que ha crecido exponencialmente al calor de este polémico decreto precisamente. Sin embargo, desde la Plataforma de Afectados por la Ocupación prefieren ser prudentes hasta que Junts aclare qué es lo que plantean exactamente, ya que, a continuación, el texto vuelve a hacer hincapié en que "el Juez tomará la decisión previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto", teniendo en cuenta la vulnerabilidad de los okupas.

Con tu apoyo hay más Libertad: Hazte socio

Sánchez ya ha dejado claro que un medio crítico como este es un obstáculo. Nos halaga pero necesitamos tu ayuda para demostrarle que lo que dice es cierto. Hazte socio del Club LD.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso
    • Alta Rentabilidad