
La inflación de los huevos (han subido un 25% en dos semanas) puede llevar a muchos particulares a plantearse la posibilidad de montar un gallinero en el jardín. Por ese motivo, durante los últimos días varios medios se han afanado en alertar de las multas por incumplir la norma de las instalaciones avícolas (incluidas las de autoconsumo) pero no hay motivo para la alarma. En realidad, no hay ninguna novedad con respecto al año pasado.
La mayoría de esos medios hacen referencia al Real Decreto 637/2021, de 27 de julio con las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas. Esta norma entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024 y obliga a registrar todas las explotaciones avícolas, incluidas las de autoconsumo. Este registro se realiza en la Unidad Veterinaria de cada comunidad autónoma. No cumplir con esta obligación puede considerarse una infracción leve, con multas que oscilan entre 600 y 3.000 euros.
Este Real Decreto también señala que las explotaciones de autoconsumo no pueden comercializar con de los animales, su carne, huevos u otros productos derivados. Además, no pueden superar las 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM), lo que equivale a unas 30 gallinas ponedoras. Por ello, cada año hay que realizar una actualización censal y declarar el número de gallinas a través de la Unidad Veterinaria de tu zona.
La norma también establece diversas condiciones de bienestar animal para proporcionar un entorno adecuado a las gallinas: espacio suficiente, acceso a áreas exteriores, alimentación y agua y un refugio seguro.
En cualquier caso, esta no es la única norma que regula las explotaciones avícolas. Además de la legislación regional, es importante consultar las ordenanzas municipales ya que pueden existir regulaciones específicas sobre las distancias mínimas entre el gallinero y las propiedades vecinas, la gestión de residuos o el control de ruidos y olores.