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El Gobierno multiplica por cinco las multas al empleo sumergido

Crecen las sanciones a los que compaginen el paro con un trabajo. Las empresas no pagarán atrasos a la Seguridad Social por las regularizaciones.

La empresas que tengan contratados a trabajadores de forma irregular tendrán que pagar una multa cinco veces superior a la actual. De esta manera, a partir de agosto la sanción mínima será de 3.126 euros, cinco veces superior a la actual de 626 euros, y máxima de 10.000 euros, frente a los 6.250 euros actuales.

Por otro lado, el trabajador que compatibilice el cobro de la prestación por desempleo con trabajos en negro verá incrementada la sanción mínima de 6.251 euros a 10.000 euros, mientras que la máxima se mantendrá en los 187.000 euros.

Éstas son las dos principales novedades del nuevo plan contra el empleo sumergido que ha presentado este viernes el Gobierno y que dará tres meses a las empresas, hasta finales de julio, para que regularicen su situación. Hasta ese momento, Valeriano Gómez ha asegurado que no habrá "amnistía", aunque ha asegurado que el Ejecutivo "no mirará atrás". Sin embargo, sí ha admitido que las compañías que regularicen "no tendrán que pagar nada, pero tampoco habrá derechos reconocidos para nadie".

Según informa Moncloa, el Plan igualmente comprende la "intensificación de la actividad y eficacia de las actuaciones de vigilancia y control del trabajo no declarado, por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social". Además, también habrá "campañas de sensibilización pública" a través de los medios de comunicación.

Ha sido el propio ministro de Trabajo el que ha presentado el nuevo Plan en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. En su opinión, "España no tiene" un gran volumen de economía sumergida si se compara con otros países de Europa, aunque sí ha admitido que en la UE es un problema el porcentaje de empleo en negro que se registra. A este respecto, el ministro ha reafirmado que siempre es complicado dar cifras de empleo sumergido, aunque hay algunas estimaciones de la OCDE que sitúan a España en un nivel similar al de sus vecinos.

¿Amnistía?

Gómez se ha defendido de las críticas por el período de gracia concedido a las empresas. El ministro ha asegurado que "no ha habido amnistía" y que, simplemente, se da un plazo a las empresas para que regularicen a sus trabajadores en tres meses, hasta el 31 de julio: "No hemos querido sorprender".

Lo cierto es que las empresas que legalicen a sus trabajadores irregulares sólo tendrán que darles de alta en la Seguridad Social (sin ninguna diferencia respecto a un nuevo contratado). Aparentemente, la única ventaja que tendrán es que durante estos tres meses no se harán preguntas por estas nuevas altas y habrá menos inspecciones de trabajo. A pesar de las palabras de Gómez, esto se puede interpretar como una amnistía, porque el Ministerio cierra los ojos a lo ocurrido con anterioridad y perdona las multas que (al menos teóricamente, porque serían difíciles de cobrar) tendrían que pagar por ese tiempo de empleo negro.

En este sentido, la novedad respecto a lo que se había anunciado en las últimas semanas es que las compañías no tendrán que pagar cotizaciones por este período previo irregular. En un principio se manejó la posibilidad de que las empresas pagasen las cuotas a la Seguridad Social de los últimos seis meses o un año (en compensación por el período de tiempo en el que habrían tenido un trabajador de forma irregular). Este viernes, Gómez ha aclarado que no se exigirá ningún pago por lo sucedido hasta ahora y, por lo tanto, ningún trabajador "tendrá derechos" previos a su alta en el sistema. De esta manera, a los trabajadores que afloren de la economía sumergida no se les reconocerá la antigüedad.

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