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Nueva sentencia internacional contra España por los impagos de Sánchez a las renovables

España tendrá que pagar 28 millones de euros a la empresa teutona RWE.

España tendrá que pagar 28 millones de euros a la empresa teutona RWE.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (c), acompañado por la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, y por el ministro de Economía, Comercio y Empresa , Carlos Cuerpo, mantiene este jueves un encuentro con representantes del sector de la vivienda en el palacio de la Moncloa. EFE/Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa / ***SOLO USO EDITORIAL/SOLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO)*** | EFE

Los tribunales internacionales han fallado nuevamente contra España en el marco de las distintas denuncias desencadenas por la retirada retroactiva de las prima renovables.

El arbitraje del caso RWE arrancó en diciembre de 2014. La decisión original se publicó en 2019 y exigió a España una serie de compensaciones en relación con siete plantas de energía renovable que vieron alteradas sus condiciones financieras a raíz de la retirada retroactiva de las primas renovables. La condena impuso a España un pago de 28 millones de euros a la empresa teutona.

En marzo de 2024, un comité ad hoc del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) ha tumbado el pedido de anulación que solicitaba el gobierno español en relación con la condena impuesta a nuestro país en el caso que afecta a la alemana RWE.

El panel de juristas acordado por ambas partes en el marco jurisdiccional del CIADI se ha pronunciado a favor de la compañía germana, rechazando así el razonamiento de la Abogacía General del Estado, que consideraba que el tribunal se extralimitó en sus facultades al condenar a España. Los juristas que tomaron la decisión fueron la finlandesa Carita Wallgren-Lindholm (presidenta), el guatemalteco Álvaro Rodrigo Castellanos Howell y el irlandés Colm O Hoisin.

El comité valida la sentencia original del CIADI, en la que se indicaba a España que no puede invocar el Derecho de la UE para eludir sus compromisos en materia de derecho internacional como país firmante del Tratado de la Carta de la Energía. Asimismo, la resolución niega el recurso del gobierno español y certifica que no hubo ninguna "extralimitación de facultades o manifiesta" en el procedimiento original, que condenó a España. Asimismo, la decisión niega que, por existir un marco regulatorio común en el seno del sector energético europeo, se pueda alegar que existe "alguna incompatibilidad con el TCE o su aplicación del TCE".

Las 26 condenas impuestas a España suman en torno a 1.800 millones de euros en concepto de indemnizaciones, condenas en costas, honorarios de abogados y consultores e intereses de demora.

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